La firma asumirá la evaluación financiera de los bienes entregados al Deportes Quindío en calidad de comodato, tras el retiro de dos universidades que no lograron avanzar por falta de cooperación institucional.
El Juzgado Tercero Administrativo del Circuito de Armenia designó a la firma Global Corporate Advisory como la nueva responsable del peritaje para determinar el valor comercial del club Deportes Quindío.
Esta es la tercera entidad que asume la tarea, luego de que la Universidad del Quindío y la Escuela Nacional del Deporte desistieran al señalar falta de colaboración por parte de la División Mayor del Fútbol Colombiano (Dimayor) y de la directiva del equipo cuyabro, lo cual impidió avanzar en el proceso.
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En la radicación del pasado 20 de mayo, el juzgado indicó que Global Corporate Advisory fue designada como nuevo perito, y que se le otorgará acceso a la documentación almacenada en las plataformas digitales OneDrive y Samai.
“El peritaje tiene como objetivo establecer el valor actualizado de los bienes entregados en comodato a la Corporación Deportes Quindío S.A., cuya restitución se ordenó. La firma perito recibirá acceso a toda la documentación contenida en el expediente digital”, precisó el despacho judicial.
Además, el dictamen pericial deberá ser entregado dentro de los treinta días posteriores a la notificación oficial.
“El oficio respectivo deberá dejar constancia expresa del objeto de la prueba y de la posibilidad de acceder a información procesal y extraprocesal para elaborar el dictamen”, indica el documento. La secretaría judicial hará seguimiento al cumplimiento de dicho plazo.
El juzgado también ordenó tener en cuenta lo dispuesto en la sentencia del Tribunal Administrativo del Quindío.
El perito deberá valorar los siguientes aspectos: el valor inicial de los bienes inventariados debe corresponder al existente el 18 de febrero de 1991, fecha de vencimiento de la última prórroga del contrato de comodato 009 del 20 de febrero de 1989, o a la figura jurídica que lo haya sustituido.
El documento también establece que los bienes a tasar deberán ser restituidos mediante una suma líquida de dinero. Estos corresponden a los estipulados en la cláusula cuarta, numeral séptimo, del mencionado contrato de comodato.
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