Si bien la salida de un menor requiere la autorización de ambos padres, la Ley 2097 de 2021, señala que si uno de los progenitores está inscrito en el Redam, esta no hace falta.
En Colombia, la salida del país de un menor de edad requiere la autorización de ambos padres, incluso cuando uno de ellos tenga la custodia. Así lo establece el Código de la Infancia y la Adolescencia (Ley 1098 de 2006). Sin embargo, existo otra ley que hace una excepción a esta regla, pero se requiere certificar el cumplimiento para eximir la solicitud.
Viajar al exterior con hijos menores de edad es una situación común para familias que planean vacaciones, visitas a familiares o cambios temporales de residencia. Sin embargo, en los últimos meses ha circulado información confusa sobre una supuesta “ley” que permitiría salir del país con un menor sin autorización del otro progenitor.
Padres morosos, cuando no se requiere la autorización
La realidad jurídica es más precisa y tiene excepciones puntuales, no una autorización general. De acuerdo con la norma. El artículo 110 de esta señala: “Cuando un niño, niña o adolescente vaya a salir del país con uno solo de los padres o con un tercero, deberá contar con la autorización del otro padre, madre o representante legal. En caso de desacuerdo o imposibilidad para obtenerla, la autorización podrá ser otorgada por el juez de familia.”
Este inciso es el fundamento legal que Migración Colombia aplica en aeropuertos y pasos fronterizos. Sin embargo, las noticias que han circulado no hablan de una nueva ley general, sino de una excepción específica contemplada en la legislación vigente y reforzada en años recientes: cuando uno de los padres está registrado como deudor moroso de cuota alimentaria.
De acuerdo con la Ley 2097 de 2021, si uno de los progenitores está inscrito en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos (Redam), no se requiere su autorización para que el menor salga del país. Eso sí, esta excepción no es automática: debe acreditarse oficialmente la condición de deudor ante Migración Colombia.
Otras condiciones que eximen la solicitud
La ley y los lineamientos oficiales también contemplan situaciones excepcionales como fallecimiento del otro progenitor, suspensión o pérdida de la patria potestad, menores cuya residencia habitual esté en el exterior y autorización judicial previa cuando no hay acuerdo entre los padres.
Las autoridades insisten en que los conflictos parentales no se resuelven en el aeropuerto. Si no existe autorización del otro padre y no se está dentro de una excepción legal, el viaje puede ser suspendido.
Por eso, antes de comprar tiquetes o planear un viaje internacional con menores, la recomendación es: verificar si se requiere permiso notariado, confirmar si aplica alguna excepción legal, consultar con anticipación a un juez de familia o al Icbf en caso de desacuerdo.
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