La notaría segunda del circuito de Calarcá y la Superintendencia de Notariado y Registro debe reparar a un particular de acuerdo a lo declarado por el Tribunal Administrativo del Quindío, pues este fue despojado de su bien inmueble del cual era propietario cuando estas entidades hicieron el registro de un tercero sin identificarlo con su cédula de ciudadanía para determinar que era el verdadero propietario de este bien.
En consecuencia, el TAQ declaró la falla en el servicio de estas entidades y las declaró administrativamente responsables.
La notaría segunda del circuito de Calarcá y la Superintendencia de Notariado y Registro debe reparar a un particular de acuerdo a lo declarado por el Tribunal Administrativo del Quindío, pues este fue despojado de su bien inmueble del cual era propietario cuando estas entidades hicieron el registro de un tercero sin identificarlo con su cédula de ciudadanía para determinar que era el verdadero propietario de este bien.
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