El caso de ‘Soledad, una perrita de 12 años que fue lanzada desde un cuarto piso en Armenia, expuso las fisuras de la justicia penal en el país. A pesar de contar con pruebas contundentes y al entrar en vigor la Ley Ángel, el presunto agresor quedó en libertad.
El pasado 30 de mayo, cerca del mediodía, un acto de maltrato animal estremeció a la comunidad en el conjunto residencial Guaduales del Edén, al sur de la ciudad. Un hombre, en aparente estado de alteración emocional, habría arrojado desde el balcón de un cuarto piso a Soledad, una canina de aproximadamente 12 años. Los vecinos fueron testigos, y según los reportes oficiales, la Policía Nacional fue alertada por una supuesta riña familiar; pero al llegar al lugar los uniformados conocieron que el caso era diferente, y había un animal involucrado.
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El cuerpo de la mascota fue hallado sin vida, y presentaba evidentes signos de trauma, por lo que fue trasladado al Centro de Zoonosis, donde el equipo médico veterinario realizó la correspondiente necropsia
En el informe técnico por parte de la veterinaria forense que atendió el caso se entregó un dictamen determinante, y se concluyó que la causa presuntiva de la muerte fue un trauma contundente múltiple compatible con la caída a gran altura. “Se evidenció una fractura cerrada de fémur distal, hemorragia interna, lesiones pulmonares y trauma craneal”, mencionó la profesional. Todo indica que la perrita murió de inmediato con el impacto.
Este hecho generó cientos críticas entre la ciudadanía y activistas locales, pero lo que más causó indignación fue que tras su captura inicial, el presunto agresor quedó en libertad pocas horas después. Es por ello, que surge una pregunta: ¿qué está fallando con la aplicación de la ley?
Avances normativos que no se reflejan en la práctica
En abril del presente año entró en vigencia la Ley 2455, más conocida como la Ley Ángel, esta normativa fue celebraba como un hito en la defensa de los animales, ya que eleva las penas por maltrato que cause la muerte de seres sintientes hasta 56 meses de prisión, y establece inhabilidad para oficios relacionados con animales multas de hasta 60 salarios mínimos legales vigentes. Además, se contemplan la prohibición en la tenencia de animales nuevamente y una serie de agravantes para endurecer las sanciones, y así evitar la reincidencia de este tipo de casos.
Sin embargo, en el caso de Soledad, ninguna de las disposiciones citadas en la ley lograron impedir la liberación del agresor. El motivo fue técnico, pero no por eso menos grave, entre los detalles destaca que la captura se realizó fuera del marco de la flagrancia, es decir, no fue en el momento en el que se cometió el delito, sino aproximadamente 45 minutos después.
Este tipo de cosas, junto con la ausencia de evidencias directas que vincularon de manera irrefutable al agresor en el instante del hecho, impidieron que la Fiscalía pudiera solicitar una medida de aseguramiento. Según Jessica Obando, diputada del Quindío, estos vacíos procesales son muy comunes en casos de violencia contra animales.
Para entender la dimensión legal de este caso, la diputada y abogada de formación y defensora de derechos animales explica que el procedimiento judicial exige rigurosidad extrema para que una persona pueda ser privada de la libertad de manera preventiva.
“El proceso penal colombiano tiene etapas muy definidas, en primer lugar la legalización de captura, luego la imputación de cargos y finalmente la solicitud de medida de aseguramiento. Esta solo puede decretarse si se cumplen tres causales, es decir que la persona sea un peligro para la sociedad, que exista riesgo de fuga o que pueda entorpecer el proceso judicial. Si el juez no encuentra una de esas tres, no puede ordenar la cárcel”, señaló Obando.
De igual manera, advierte que si las penas solicitadas por la Fiscalía no superan los 36 meses como ocurre en muchos casos de maltrato animal, es legalmente viable que el imputado reciba una suspensión condicional de la pena. Es decir, podría evitar la cárcel cumpliendo ciertos requisitos como firmar actas de compromiso, asistir a cursos de sensibilización, o pagando sanciones económicas.
“Esto no significa que el hecho no sea grave, al contrario. Pero la ley también protege el debido proceso del señalado. Como sociedad, tenemos que preguntarnos si lo que queremos es castigo o transformación. La justicia debe buscar que estos hechos no se repitan”, expresó Jessica.
Una justicia con enfoque restaurativo
Un castigo ejemplar es de suma importancia, pero más allá de un castigo, la diputada Obando propone que el país transite hacia un enfoque de justicia restaurativa. Es decir, no se trata solo de llenar cárceles, sino de impedir que estos actos se repitan; para ello, es urgente que el Estado garantice acciones de prevención, educación, sensibilización y rehabilitación de quienes cometen este tipo de delitos que atenta contra el bienestar y la vida de los seres sintientes.
“Una persona que lanza a su mascota desde un cuarto piso probablemente ha sido víctima o testigo de violencias similares en su infancia. Si no intervenimos de raíz, estas conductas seguirán repitiéndose. Por eso debemos trabajar desde el tejido social, no solo desde el castigo”, argumentó.
Sin embargo, también reconoce que hay actos que deben sancionarse con rigor ejemplar, especialmente cuando hay reincidencia o sevicia evidente. A su juicio, la Ley Ángel no puede quedarse en el simbolismo ni en la sanción económica, esta ley debe ser operativa, eficaz y pedagógica para que pueda darse una justicia teniendo en cuenta los diferentes aspectos.
Falta de coordinación en la ruta institucional
El caso de Soledad, evidencia una falta de articulación entre las entidades que componen la ruta institucional de atención al maltrato animal. Aunque el Área de Bienestar animal del municipio respondió con celeridad y se realizaron los pasos administrativos pertinentes, es decir necropsia del animal, dictamen veterinario, notificación a Policía Ambiental y Fiscalía, la respuesta no fue la esperada.
En la actualidad, la Fiscalía General de la nación no ha emitido un pronunciamiento oficial sobre el caso, y el día 18 de julio fue emitido el análisis veterinario en la Segunda mesa departamental de protección y bienestar animal, en donde se confirmó que la muerte fue causada por caída desde altura, y se conoció el nombre del presunto agresor. Esta omisión ha generado descontento no solo entre la comunidad, fundaciones animalistas, sino en funcionarios que actuaron con la mayor celeridad.
“Tenemos protocolos, tenemos rutas, pero si la justicia no actúa, no hay avance posible. El caso de Soledad es la prueba de que no basta con tener leyes. Hay que hacerlas cumplir”, denunció la animalista Ximena Padilla.
En el Quindío, a pesar de la existencia de estos protocolos, no se han registrado condenas intramurales por maltrato animal en los últimos años; las rutas existen en teoría, pero en la práctica los procesos judiciales suelen ser lentos y en ocasiones no se activan correctamente.
Casos en el Quindío en materia judicial
El departamento acumula distintos casos similares. Uno de ellos, un hombre que fue capturado por matar a un guatín en el Parque Fundadores; pero el responsable pese a tener antecedentes fue dejado en libertad. El 2 de julio, un sujeto fue captado en video arrojando un gato desde su vehículo en el barrio La Castellana, aunque el video se viralizó, no se presentó una denuncia formal, lo que impidió activar el protocolo legal de la ley 2455.
Un común denominador de los casos es el desconocimiento, se da escándalo público en redes sociales, pero poca acción judicial, dado que las denuncias por este tipo de medios no sustituyen los canales oficiales. La falta de formación ciudadana impide una correcta judicialización de los casos.
“Hay una cultura del escándalo digital, pero no de la denuncia real”, expresó la diputada para La Crónica.
El papel de la fundaciones
Frente a este panorama, las fundaciones de protección animal y activistas son quienes se convierten en garantes de la vida animal. En el Quindío, operaran al menos 15 organizaciones, entre ellas Eco huellas o Corteza Terrestre, además de figuras como la exconcejala Stefany Gómez o la activista Ximena Padilla, conocida como Mafalda, quien recientemente fue blanco de un ataque por su labor en la defensa de los animales.
Estas personas denuncian no solo la inoperancia del Estado, sino también la falta de garantías para ejercer su labor activa en la defensa de estos seres sintientes, reclaman la falta de firmeza y coherencia en este tipo de casos.
Una agenda de reformas
El caso de Soledad debe servir como punto de partida; no solo para revisar el papel de la justicia, sino para impulsar una agenda de acción concreta. Jessica Obando, la diputada y abogada plantea algunas propuestas para una mayor efectivida en esta ley.
- Mayor formación para policías, jueces y fiscales en protección animal.
- Protocolos integrales con tiempos de respuesta obligatorios.
- Fondo municipal de protección animal con vigilancia ciudadana.
- Registro nacional de maltratadores con sanciones progresivas.
- Campañas de prevención masiva en escuelas, barrios y medios
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