La iniciativa del ministerio de Vivienda armoniza el tope máximo general de la VIS en 135 salarios mínimos mensuales legales vigentes.
Durante una rueda de prensa ofrecida a los medios de comunicación del Quindío, Guillermo Herrera, presidente ejecutivo de la Cámara Colombiana de la Construcción, Camacol, expresó su preocupación frente al borrador de decreto del Ministerio de Vivienda que propone fijar el precio de la Vivienda de Interés Social, VIS, exclusivamente en pesos colombianos y prohíbe su referencia al salario mínimo desde las etapas iniciales de comercialización.
El líder gremial advirtió que esta iniciativa introduce un control artificial de precios que no reduce el valor de la vivienda y, por el contrario, se traduciría en una menor oferta y en mayores barreras de acceso para miles de familias que buscan adquirir una vivienda digna y formal. Además, que la medida desconoce el marco legal vigente, el cual permite fijar el valor de la vivienda en pesos o en salarios mínimos y establece que el precio definitivo es el vigente al momento de la escrituración.
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“El proyecto de decreto genera serias dudas sobre las facultades legales del Ejecutivo para intervenir de manera directa el mercado de vivienda y altera reglas clave que dan viabilidad a los proyectos de Vivienda de Interés Social”, señaló el presidente ejecutivo de Camacol.
Recordó que la vivienda no es un bien de consumo inmediato, sino que su desarrollo implica procesos de planeación, preventa, construcción y entrega que pueden extenderse entre cuatro y cinco años. Durante ese tiempo, explicó, se presentan variaciones en costos de materiales, mano de obra, tasas de interés y regulaciones, lo que hace necesarios ajustes razonables en los precios futuros para garantizar la sostenibilidad de los proyectos.
Alertó que modificar las condiciones de fijación del precio desde las etapas iniciales afectaría el acceso de los hogares a instrumentos fundamentales de la política de vivienda, como los subsidios de las cajas de compensación y de las entidades territoriales, así como las condiciones de crédito y las tasas de interés preferenciales, que se determinan con base en el valor de la vivienda al momento de su escrituración.

Aumento en costos de construcción
Guillermo Herrera, presidente ejecutivo de la Cámara Colombiana de la Construcción, informó que el sector además atraviesa un momento de fuerte presión sobre los costos del sector constructor, pues el incremento del 23% en el salario mínimo impacta directamente esta actividad, que es altamente intensiva en mano de obra y el gremio estima que los costos de construcción de la nueva oferta de vivienda podrían aumentar entre un 10% y un 15%.
Herrera recordó además que Camacol ha mantenido una relación de trabajo colaborativo con la Superintendencia de Industria y Comercio, SIC, para aclarar los mecanismos de indexación, y precisó que en ningún caso la entidad ha prohibido la venta de viviendas referenciadas al salario mínimo, siempre que se informe de manera clara y responsable al comprador sobre las condiciones y efectos de este mecanismo.
“Invitamos al Gobierno a revisar estos temas, pero no desde la descalificación y las amenazas, sino desde un análisis técnico responsable. Mantenemos nuestro compromiso con la ampliación del acceso a la vivienda formal, la generación de empleo y la estabilidad del sector constructor”, indicó.
Asimismo, hizo un llamado para que se respete y valore el papel del sector privado y de los constructores de vivienda, “quienes día a día trabajan por ofrecer soluciones habitacionales formales y dignas a los colombianos, incluso en un entorno de alta incertidumbre económica y regulatoria. Nuestra prioridad no es la confrontación política, sino acompañar a los compradores para que puedan acceder a vivienda propia”, aseveró
Tope máximo general de la VIS en 135 salarios mínimos
Por su parte, desde el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio dieron a conocer que junto con la Superintendencia de Industria y Comercio avanzan en un trabajo conjunto para proteger los derechos de las y los consumidores de vivienda de interés social y vivienda de interés prioritario, y garantizar información clara, suficiente y oportuna en los proyectos inmobiliarios del país.
“Esta acción articulada se enmarca en las competencias de la SIC en materia de protección al consumidor y en los lineamientos de política pública de la cartera nacional orientados a asegurar el derecho a una vivienda digna y el acceso a información transparente para los hogares colombianos”, aseguraron desde Minvivienda.
Informaron que publicaron, para observaciones ciudadanas, un proyecto de decreto que armoniza el tope máximo general de la VIS en 135 salarios mínimos mensuales legales vigentes, en coherencia con lo establecido en el Plan Nacional de Desarrollo. “La medida busca evitar alzas desproporcionadas en el precio de la VIS y proteger la planeación financiera de las familias”.
Agregaron: “El proyecto de decreto no constituye un control de precios. Por el contrario, reafirma que, de conformidad con el Estatuto del Consumidor y la Circular 004 de 2024 emitida por la SIC, el valor total de la vivienda debe pactarse en pesos colombianos desde el inicio del proceso de comercialización, sin indexaciones automáticas asociadas al incremento anual del salario mínimo”.
De acuerdo con la cartera, se busca evitar incrementos abruptos —como los derivados del aumento del 23 % del salario mínimo para la vigencia 2026— y limitar cualquier ajuste únicamente a variables relacionadas con los costos de construcción, siempre respetando lo pactado desde la separación, la promesa de compraventa o el encargo fiduciario.
La iniciativa señala que prácticas como no fijar el precio en pesos colombianos, dilatar la firma de contratos hacia vigencias futuras con el fin de trasladar incrementos del salario mínimo, o incluir cláusulas contractuales que generen desequilibrios injustificados en perjuicio del comprador, son catalogadas como comportamientos contrarios a los derechos de los consumidores del sector vivienda
Desde sus competencias, la Superintendencia de Industria y Comercio advirtió que la publicación de precios de vivienda en salarios mínimos u otras unidades distintas a la moneda legal puede inducir a error o confusión, al no reflejar de manera precisa el valor real del inmueble ni permitir una comparación objetiva entre las distintas ofertas del mercado. “La información sobre precios debe ser comprensible, clara y verificable, de conformidad con lo dispuesto en el Estatuto del Consumidor”.
Las personas interesadas pueden participar con sus comentarios al proyecto de decreto, que estará en consulta pública hasta el 24 de enero de 2026, en el siguiente enlace:https://acortar.link/oPGnDf
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