La Registraduría Nacional avanza en la notificación de jurados para las elecciones al Congreso y recuerda que se trata de un deber ciudadano obligatorio, con sanciones para quienes no cumplan.
A pocas semanas de las elecciones al Congreso de la República, programadas para el próximo domingo 8 de marzo, la Registraduría Nacional del Estado Civil avanza en la notificación de miles de ciudadanos que fueron designados como jurados de votación, una labor fundamental para garantizar la transparencia y normal desarrollo de la jornada electoral en todo el país.
Ser jurado de votación no es una invitación voluntaria. De acuerdo con la normatividad electoral vigente, se trata de un deber ciudadano de obligatorio cumplimiento, al igual que la asistencia a las capacitaciones previas convocadas por la Registraduría. Estas jornadas buscan que los jurados conozcan claramente sus funciones, los procedimientos y el correcto diligenciamiento de los formularios electorales.
Lea también: Iniciaron reuniones de articulación para garantizar elecciones al Congreso bajo tranquilidad
La Registraduría ha informado que la notificación se está realizando a través de correos electrónicos y mensajes de texto, aunque también es posible consultar si se fue designado ingresando el número de cédula en el portal oficial www.registraduria.gov.co o revisando los listados publicados en sedes oficiales.
Funciones durante la jornada electoral
Quienes fueron seleccionados como jurados deberán presentarse en su puesto de votación desde las 7:00 de la mañana del domingo 8 de marzo para iniciar con la instalación de la mesa y la verificación del material electoral. Durante el día tendrán a su cargo la atención a los votantes, la entrega de tarjetones, la verificación de documentos y el registro de los sufragantes.
La jornada de votación se extenderá hasta las 4:00 de la tarde, momento en el que los jurados deberán cerrar la mesa, realizar el conteo de votos y diligenciar las actas oficiales, un proceso que exige atención, responsabilidad y apego estricto a los protocolos establecidos.
Sanciones por incumplimiento
No presentarse como jurado sin una excusa válida puede traer consecuencias serias. La ley contempla multas de hasta 10 salarios mínimos legales mensuales vigentes, y en el caso de los funcionarios públicos, también pueden aplicarse sanciones disciplinarias.
Sin embargo, existen causales de exoneración reconocidas por la autoridad electoral, siempre y cuando estén debidamente soportadas. Entre ellas se encuentran la grave enfermedad del jurado o de un familiar directo, el fallecimiento de padres, hijos o cónyuge el día de las elecciones o en los tres días previos, la no residencia en el lugar de designación o estar inscrito para votar en otro municipio. En todos los casos, es indispensable presentar las pruebas correspondientes ante la Registraduría.
Un derecho por cumplir el deber
Como reconocimiento a este servicio cívico, los jurados de votación tienen derecho a un día de descanso remunerado, el cual puede ser tomado dentro de los 45 días hábiles siguientes a la jornada electoral.
- Temas relacionados :
- elecciones al Congreso
- jurado de votación
- jurados para las elecciones al Congreso
