Dos militares del Batallón número 8 Cacique, Calarcá, habrían usado camiones del Ejército para acarreos y transporte de mercancías.
En medio de audiencia virtual llevada a cabo el pasado miércoles 6 de marzo, por el Juzgado Sexto Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Armenia, dos militares, adscritos al Batallón de Apoyo y Servicios para el Combate N° 8, Cacique, Calarcá de la Octava Brigada del Ejército Nacional y con rango de mayores, fueron imputados por peculado por usar camiones de la fuerza militar para actividades de transporte de mercancías a cambio de dinero.
La denuncia se dio a conocer el 18 de julio de 2018, por una persona perteneciente al grupo de ‘Camioneros Unidos por Colombia’, que dijo que los vehículos tipo camión FTR pertenecientes a la Quinta División de la Octava Brigada, estaban siendo utilizados por fuera de su jurisdicción para transportar frutas y otras mercancías desde Armenia hacia Cali, Cali – Bogotá, Armenia – Valledupar, Montería – Medellín, entre otras rutas, y que estarían cobrando precios más económicos que los del gremio de camioneros y con pesos no permitidos.
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Los camiones que usaron los militares fueron identificados con las placas FTR UAR 626 y FTR TNH 545.
Según las quejas y denuncias recibidas, la semana del 9 al 15 de julio de 2018, los transportadores abordaron a los soldados conductores para indagar las razones de por qué los camiones del Ejército estaban siendo utilizados por esos sectores y en cosas distintas a su función y, según la denuncia, les indicaron que debían cumplir con sus jefes con una cuota de 2 millones de pesos por cada camión .
Tras la queja presentada, se entró a un proceso de verificación por parte del Ejército Nacional, se emitieron órdenes de trabajo en varios inspectores y quienes tras presentar los informes respectivos se dio cuenta de una serie de irregularidades, por lo que se procedió a dar inicio a una investigación disciplinaria y adicionalmente remitieron la información a la Justicia Penal Militar donde se vinculó a los mayores Dídier Edilson Benavídez Pantoja y a Christian Duvan Pinto Uribe y a otras personas que la Fiscalía ha ido convocando.
“En constancia, el 16 de noviembre de 2022, el juez 55 de Instrucción Penal Militar señaló que la jurisdicción especial Militar no era competente para adelantar la investigación, atendiendo a que los actos de investigación no tenían ninguna relación con las funciones constitucionales asignadas a las fuerzas militares, al uso indebido que aparentemente les dieron a los bienes (camiones) bajo su custodia, las órdenes emitidas a los subalternos y las regalías que por tal actividad recibían rompían definitivamente el vínculo funcional. Tales actos eran acciones personales e individuales dirigidas a obtener provecho ilícito en detrimento del Estado”, explicó la fiscal del caso.
Argumentó, además, que las conductas por las que son acusados se enmarcan de tipo penal y mediante las pruebas obtenidas, señaló que Benavídez Pantoja fue autor a título de dolo por el delito de “peculado” por uso y en concurso homogéneo en dieciséis ocasiones y en calidad de autor, cuando se desempeñaba como jefe sección de transportes del batallón de apoyo a servicios para el combate N.8 de Cacique Calarcá, “como jefe de transportes, para la fecha de los hechos era directamente responsable del parque automotor del batallón de apoyo y servicios para el combate N. 8 y atendiendo a las funciones propias del cargo contenidas en manual de funciones y le fueron entregados para la administración, tenencia y custodia los vehículos de propiedad del Estado. Era el responsable directo de los vehículos, órdenes de marcha y demás funciones. Debía inspeccionar diariamente los vehículos e informar las novedades como también del personal que los utilizaba, ingresos, salidas y desplazamientos por fuera de la guarnición, motivos y elementos a transportar”, explicó la fiscal.
Se le acusa a Benvídez Pantoja de haber autorizado los desplazamientos junto con otras personas y de que permitió que se usaran bienes (camiones) del Estado indebidamente e incluso, en medio de la investigación, se dio cuenta de que los camiones estaban afiliados a una empresa de transportes quienes pagaban para que la mercancía fuera trasladada a las ciudades como Barranquilla, Medellín, Montería y Valledupar. El hombre es señalado de tener total conocimiento de las actividades irregulares a las que eran sometidos los vehículos y aún así lo permitió, como de igual manera, permitió que los vehículos fueran adscritos o afiliados a empresas de transporte que cubrían rutas nacionales.
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En cuanto a Pinto Uribe, la fiscalía dijo era el segundo al mando y, en calidad de mayor, también permitió, conoció y admitió el uso de los vehículos para actividades irregulares y con fines particulares, pues le correspondía controlar y producir resultados destacados para la unidad militar, “según el manual de funciones y competencias laborales usted le correspondía controlar la pertinencia y relevancia enfocados a producir resultados destacados para la unidad y tenía la obligación de verificar la administración eficiente de los recursos y velar por el cumplimiento de las directivas que sus subalternos tenían que cumplir”, relató la fiscal del caso.
Además, la fiscal del caso relató que Pinto Uribe mintió cuando se le preguntó por qué estaban los vehículos fuera de la guarnición, pues dijo que estaban prestando apoyo a otras unidades cuando en realidad estaban siendo usados para acarreos y traslado de mercancías de particulares con fines de lucro, adicionalmente, a una acción grave más porque los vehículos estaban afiliados a empresas privadas.
A los señalados se les imputó el delito de peculado por uso, sin embargo, no aceptaron los cargos.
Los uniformados no pertenecen en la actualidad a la Octava Brigada, mientras Pinto Uribe ya se encuentra retirado, Benavídez Pantoja está en otra unidad.
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