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Negada tutela en la que se denunciaba exceso del Esmad en protestas

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jueves, 10 junio 2021

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El Tribunal Administrativo del Quindío decidió abstenerse de sancionar por desacato a los representantes legales de las entidades o autoridades accionadas por Cristhian Alberto Varela Arango, representante de los manifestantes del paro nacional del cual también hace parte el departamento del Quindío. El ciudadano hizo uso de una acción de tutela para dar a conocer … Continuar leyendo

El Tribunal Administrativo del Quindío decidió abstenerse de sancionar por desacato a los representantes legales de las entidades o autoridades accionadas por Cristhian Alberto Varela Arango, representante de los manifestantes del paro nacional del cual también hace parte el departamento del Quindío.

El ciudadano hizo uso de una acción de tutela para dar a conocer presuntas irregularidades, violación de derechos y uso de fuerza desmedida en contra de los manifestantes, luego de hacer referencia a hechos ocurridos durante el mes de mayo en los municipios de Armenia y Calarcá.

Algunos de los hechos narrados:

Según lo expuesto por Varela Arango, el 1 de mayo mientras realizaban protestas en el sector de Versalles en el municipio de Calarcá, el Escuadrón Móvil Antidisturbios, Esmad, “sin mediar palabra con los  manifestantes decidieron lanzarles gases lacrimógenos y bombas aturdidoras, además de usar armas que arrojan proyectiles de manera indiscriminada causándole lesiones a los protestantes”.

Caso que según lo narrado en la tutela, tendría similitud con hechos ocurridos en la capital quindiana los días 2 y 24 de mayo.

Sobre lo ocurrido el 2 de mayo, el denunciante explicó que “en la ciudad de Armenia el Esmad se acercó a los manifestantes indicándoles que los iban a acompañar en la protesta para protegerlos. Sin embargo, una vez ganada la confianza de los protestantes en medio del ‘acompañamiento’, este grupo, cuando los que hacían parte de la movilización se encontraban caminando junto con ellos, lanzaron sus gases y bombas aturdidoras, generando un escenario de violencia en toda la ciudad que terminó con personas desaparecidas y otras violentadas a lo largo de esta ciudad”.

Así mismo, agregó: “El día 24 de mayo de 2021 se presentaron manifestaciones en el municipio de Armenia a la altura de la Universidad del Quindío, donde se encontraban distintos grupos ubicados en la avenida Bolívar tras las manifestaciones, bloqueos generados en el sector y el ingreso de un grupo de protestantes a la Universidad del Quindío, se tomó por parte de las autoridades la decisión de que el Esmad hiciera presencia en el lugar y sin mediar el diálogo, sin focalizar y determinar de manera concreta el grupo de manifestantes, se lanzaron gases lacrimógenos, bombas aturdidoras y otras contra la comunidad allí ubicada y así se continuó hasta por la peatonal hasta la entrada principal de la institución”.

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La decisión

Luego de analizado el material probatorio en el cual se referenciaron videos y fotografías, el Tribunal Administrativo del Quindío manifestó que estos elementos no contaban con suficiente soporte debido a que no se conocía fecha, lugar o persona que tomó las pruebas.

Así, en el fallo emitido se decidió negar la sanción a entidades como Defensoría del Pueblo, alcaldías, Procuraduría General de la Nación, entre otros, al considerar que sus acciones enmarcadas en el decreto 003 de 2021 fueron debidas, “haciendo uso y verificación de la fuerza legítima del estado y protección del derecho a la protesta pacífica ciudadana”.


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