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Alexánder Ramírez Ospina recibió el beneficio porque declaró en contra de Gloria Inés Hoyos Restrepo, Simón Acosta Ospina, Sandra Milena Ospina Guevara y María Amparo Guevara Franco, y 2 exconcejales.

Alexánder Ramírez Ospina no será investigado por delitos de corrupción en el desfalco a Red Salud ocurrido durante la gerencia de Gloria Inés Hoyos Restrepo.

La Fiscalía 14 de la unidad de la administración pública de Armenia hizo efectivo el principio de oportunidad de la cesación de la acción penal en contra del ex director jurídico de la entidad de salud por su participación en la investigación del ente perseguidor que llevó a la condena de la ex representante legal, contratista, exfuncionarios y exconcejales.

Ramírez Ospina era indagado preliminarmente por los delitos de interés indebido en la celebración de contratos, peculado por apropiación, falsedad ideológica en documento público y falsedad en documento privado, pero este hombre se acercó a la Fiscalía para proporcionar información que llevó a sentencias condenatorias a Gloria Inés Hoyos Restrepo, Simón Eduardo Acosta Ospina, Sandra Milena Ospina Guevara y María Amparo Guevara Franco y a los exconcejales Luis Fernando Fernández y Robert Augusto Rodríguez.

Fue así que el exasesor jurídico de Red Salud se convirtió en un testigo clave para el ente investigador penal y su intención permitió un primer principio de oportunidad de una suspensión provisional de la indagación en su contra autorizado por el fiscal general de la nación el 29 de enero 2013 y este fue sujeto de control de legalidad el 13 de febrero del 2013 ante el juzgado sexto penal municipal, con funciones de control de garantías de Armenia.

El Juzgado Quinto Penal del Circuito de Conocimiento de Armenia avaló la participación de Ramírez Ospina en contra de los exfuncionarios y contratista, lo que llevó a que la Fiscalía renunciara a la acción penal, dando así inmunidad total en los delitos de interés indebido en la celebración de contratos, peculado por apropiación, falsedad ideológica en documento público y falsedad en documento privado.

La extinción de la acción penal por ese principio de oportunidad también se vio supeditada al reintegro que este hombre hizo a Red Salud por $55 millones y el 29 de diciembre del 2021 el fiscal general firmó la terminación penal.

La certificación del juzgado de conocimiento, la no apelación por parte del representante de víctima —abogado de Red Salud— y los soportes entregados por la Fiscalía llevaron al Juzgado Quinto Penal Municipal con Funciones de Control de Garantías de Armenia a avalar la terminación de la persecución de la Fiscalía a Ramírez Ospina quien no será llevado a estrados.

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Las condenas

El testigo clave de este caso permitió que por medio de preacuerdo ante la presión de la Fiscalía, los procesados aceptaran cargos que los llevó a la cárcel y a la restitución económica a Red Salud.

La Fiscalía demostró que Gloria Inés Hoyos Restrepo, quien fungía como la gerente de la entidad para el 2010, era autora de los delitos de interés indebido en la celebración de contratos en concurso homogéneo, peculado por apropiación en concurso homogéneo y falsedad en documento público, por lo cual fue condenada a cumplir una pena en prisión de 100 meses y multa de $48.127.538

Por su parte Simón Eduardo Acosta Ospina, quien era contratista, tenía que pagar 38 meses de prisión y una multa de $22.706.288 en calidad de interviniente por interés indebido en la celebración de contratos y cómplice en el delito de peculado por apropiación.

Asimismo, el ente acusador demostró que Sandra Milena Ospina Guevara, también contratista, era culpable en calidad de interviniente por los mismos delitos que Acosta Ospina, pero ambos en concurso homogéneo y por ello fue condenada a una pena en prisión de 43 meses y a pagar de $24.063.769.

Según la investigación, los exconcejales de la ciudad de Armenia Luis Fernando Fernández y Robert Augusto Rodríguez, quienes aceptaron cargos y ya fueron condenados a 34 meses de cárcel por los mismos, fueron quienes recomendaron a la gerente de Red Salud que les diera los contratos a Ospina Guevara y a Acosta Ospina.

En el caso de María Amparo Guevara Franco, luego de que la Fiscalía interpusiera recurso de apelación, el juez de conocimiento revocó la absolución y la condenó como cómplice del delito de interés indebido en la celebración de contratos a 34 meses de prisión, multa de $28.910.442 e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por 42 meses. Guevara Franco en su calidad de abogada y madre de Ospina Guevara fue quien se prestó para que se pasara una propuesta a nombre de ella con el fin de que se cumpliera con el requisito de que hubiese otra alternativa para evaluar para conceder los contratos. A esta última le fue concedida el subrogado de suspensión condicional de la ejecución de la pena. 


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