Saltar al contenido

Colombia es un país donde la mitad de los hogares conviven con mascotas y el mercado de productos y servicios para ellas mueve miles de millones, la Ley Kiara busca llenar el vacío legal que por años dejó expuestos a animales y familias frente a la informalidad.

La desaparición de Kiara, una perra de raza boyero de Berna que se extravió en 2022 mientras permanecía en una guardería de La Calera, se convirtió en el detonante de un debate nacional sobre la falta de regulación en los servicios de cuidado de mascotas. Tres años después del incidente, se dio la aprobación en el Congreso de la Ley 2480 de 2025, más conocida como Ley Kiara, una norma que fija condiciones para guarderías, hoteles, paseadores, peluquerías, spas, centros de adiestramiento y servicios de transporte de animales de compañía en Colombia.

Lea también: Paso firme a la defensa animal: se sancionan las leyes Ángel y Lorenzo

La iniciativa fue llevada a cabo por  la senadora animalista Andrea Padilla, quien buscó ordenar un sector en crecimiento que hasta ahora operaba en gran medida sin reglas claras, exponiendo tanto a los animales como a sus familias a riesgos evitables. Con esta ley, se pretende garantizar el bienestar de perros, gatos y otras especies domésticas; además de proteger los derechos de los usuarios que contratan dichos servicios.

Un mercado en expansión y sin reglas

El auge de las mascotas en los hogares colombianos explica la necesidad de esta regulación. Según cifras de Fenalco y del DANE, cerca del 43 % de los hogares del país tienen un animal de compañía; de hecho solo en Bogotá, más de un millón de familias tienen perros, gatos u otras especies domésticas.

Este fenómeno ha impulsado un mercado en todo lo relacionado a las mascotas; Colombia se ubica entre los países líderes en crecimiento, junto con Brasil, México y Chile en esta medio, revistas especializadas como Forbes destacan que en los últimos cinco años los colombianos invirtieron alrededor de 3 billones de pesos en alimentos, accesorios y servicios para sus animales, y que la cifra podría superar los 5 billones en 2023.

Empresas como Laika, Puppis o la línea Pets de Rappi evidencian el dinamismo del sector, es decir, crecimientos de hasta cuatro veces por año, expansión regional y una oferta que abarca desde la venta de concentrado hasta peluquería, paseos o guarderías. Sin embargo, ese boom también abrió la puerta a la informalidad y a la prestación de servicios sin estándares mínimos de seguridad ni de bienestar animal.

Esto es lo que regula la Ley Kiara 

La Ley 2480 de 2025, establece un marco integral para todos los prestadores de servicios de cuidado animal, ya sean personas naturales o jurídicas. Entre sus disposiciones más relevantes se destacan:

  • Registro obligatorio: todo establecimiento deberá inscribirse en una plataforma administrada por el Ministerio de Ambiente y el Sistema Nacional de Protección y Bienestar Animal (SINAPYBA). Los usuarios podrán consultar allí si cumplen con los requisitos legales antes de contratar. 
  • Formalización: quienes ofrezcan estos servicios deberán registrarse en cámaras de comercio y demostrar que cumplen con los lineamientos técnicos. 
  • Protocolos claros: desde el transporte hasta el alojamiento, los prestadores deberán garantizar condiciones de higiene, seguridad y confort que respeten los cinco dominios del bienestar animal, es decir nutrición, ambiente, salud, comportamiento y estado mental.  
  • Personal capacitado: las personas a cargo deberán contar con formación en manejo animal y certificaciones en primeros auxilios para perros y gatos. La ley también exige un cuidador por cada 20 animales. 
  • Restricciones: se prohíbe el uso de collares de castigo (pinchos o eléctricos), así como la admisión de hembras en celo o animales con enfermedades infectocontagiosas. Tampoco se podrán usar las instalaciones reguladas para fines de cría o comercialización. 

Transporte, guarderías y paseadores bajo la lupa

Uno de los puntos más sensibles de la norma se refiere al transporte de animales que ha tenido casos polémicos en donde han muerto hasta perros en empresas intermunicipales de buses. A partir de su entrada en vigor, quienes presten este servicio deberán adaptar vehículos con compartimentos individuales, ventilados, y antideslizantes; además, se deberán portar botiquines de primeros auxilios y garantizar trayectos seguros para las mascotas. 

En el caso de guarderías, hoteles y centros de adiestramiento, se exigirán certificados de salud vigentes, espacios higiénicos, cámaras de videovigilancia, atención veterinaria disponible en menos de una hora y protocolos para emergencias. Los animales no podrán permanecer en lugares inadecuados como terrazas o sótanos y deberán tener siempre un sistema de identificación visible.

Por otro lado, respecto a los paseadores de perros, la ley fija un límite de ocho animales por persona y obliga a valorar previamente el comportamiento de cada uno. Durante los recorridos deberán llevarlos con traílla y, en caso de razas de manejo especial, con bozal.

Derechos y deberes compartidos

Sumado a ello, este proyecto también establece obligaciones para los tutores de los animales. Entre ellas, entregar información veraz sobre su estado de salud y comportamiento de mascotas, mantener el esquema de vacunación al día y suministrar medicamentos o alimentos especiales cuando sea necesario. Si un animal está enfermo o en condición vulnerable, no podrá ser dejado en estos establecimientos.

En caso de fallecimiento o pérdida durante la custodia, los prestadores deberán informar de inmediato al usuario y activar protocolos específicos, como la realización de necropsia o un Plan de Búsqueda Urgente en caso de extravío.

De igual manera, para el control, las sanciones y retos en la implementación, la vigilancia recaerá en las alcaldías municipales y distritales, con apoyo de las gobernaciones, la Policía Nacional y las entidades que conforman el SINAPYBA. 

En este caso, las sanciones van desde amonestaciones, suspensión temporal de la actividad hasta el cierre definitivo, o multas de entre cinco y veinte salarios mínimos mensuales. Los recursos obtenidos por estas multas deberán destinarse exclusivamente a programas de protección y bienestar animal.

Uno de los retos principales será la implementación efectiva, dado que la ley concede un plazo de dos años para que los establecimientos en funcionamiento se ajusten a los nuevos estándares, tiempo en el cual las autoridades locales deberán brindar acompañamiento. No obstante aún persisten dudas sobre la capacidad de control de municipios pequeños y sobre los costos que implica para prestadores de menor escala cumplir con los nuevos requisitos.

Un paso más en la legislación animalista

La Ley Kiara se suma a otras disposiciones recientes como la Ley Ángel, contra el maltrato animal, o la Ley Lorenzo, que regula el uso de perros en vigilancia. Estas normas consolidan un marco jurídico que reconoce a los animales como seres sintientes y miembros fundamentales de los hogares.

“Este es un avance que no solo protege a los animales, sino también a las familias que confían su cuidado a terceros. Es ponerle orden a un sector que estaba desbordado”, afirmó la senadora Andrea Padilla durante la aprobación en el Congreso.


junio 2026
L M X J V S D
1234567
891011121314
15161718192021
22232425262728
2930