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La decisión cautelar frenó el plan del Gobierno para recaudar 16.3 billones de pesos, generando reacciones encontradas entre el Ejecutivo, los gremios económicos y las centrales obreras.

La Corte Constitucional, encargada de velar por la integridad y supremacía de la Constitución Política, decidió el pasado jueves 29 de enero suspender de manera provisional el Decreto Legislativo 1390 del 22 de diciembre de 2025, por el cual se declaraba el estado de emergencia económica y social en todo el territorio nacional. 

La decisión fue adoptada con seis votos a favor y dos en contra, y frenó la estrategia del Gobierno Nacional para recaudar 16.3 billones de pesos con el fin de mantener la estabilidad fiscal del país, tras el hundimiento de la ley de financiamiento en el Congreso.

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Dicha ley buscaba equilibrar las finanzas públicas, con énfasis en materias ambientales y de salud pública, además de introducir mejoras en los procesos de fiscalización y operación del sistema tributario.

En Colombia, la declaratoria de emergencia económica está contemplada en el artículo 215 de la Constitución Política, que faculta al Gobierno para expedir decretos con fuerza de ley por un periodo máximo de 30 días, prorrogables hasta 90, cuando sobrevengan hechos que perturben gravemente el orden económico, social o ecológico. Estos decretos deben ser revisados de manera automática por la Corte Constitucional y tienen carácter excepcional y temporal.

La emergencia económica permitía al Ejecutivo acudir a fuentes de ingreso rápidas y focalizadas para cubrir el faltante presupuestal. Entre las medidas propuestas se incluía la aplicación del IVA del 19 % en 2026 a bienes hoy sujetos al impuesto al consumo como vinos, licores y aperitivos; un IVA del 19 % a los juegos de azar operados por internet sobre las apuestas y los premios pagados; un aumento progresivo de hasta el 5 % para patrimonios superiores a 100.000 millones de pesos; una sobretasa de 15 puntos al impuesto de renta para el sector financiero; ajustes al impuesto al consumo de cigarrillos y tabaco elaborado; y una reducción temporal de sanciones e intereses moratorios para obligaciones en mora con la Dian hasta el 31 de marzo de 2026. Así lo explicó en su momento el ministro de Hacienda y Crédito Público, Germán Ávila Plazas.

Aunque la medida fue suspendida, la decisión adoptada por la Corte es cautelar, mientras se profiere un fallo de fondo sobre la constitucionalidad del decreto.

Frente a esta determinación, el presidente Gustavo Petro afirmó que la Corte “prejuzgó” al suspender el decreto y sostuvo que la decisión obedece, en primer lugar, a que se trata de una iniciativa de un gobierno progresista y, en segundo término, a que se frena la imposición de impuestos a los sectores más ricos del país.

Estamos ante una ruptura real del orden constitucional, solo porque existe un Gobierno que es amigo del pueblo trabajador. Mientras gobierne, cualquier costo de la deuda no será pagada por el pueblo trabajador. Ahora viene el salario vital que también ordena la Constitución de Colombia y debe mostrarse la fuerza pacífica y constituyente del pueblo”, escribió el mandatario en su cuenta de Facebook.

 

Comerciantes se pronunciaron

En contraste, la Federación Nacional de Comerciantes, Fenalco, respaldó la suspensión provisional del decreto y calificó la decisión de la Corte Constitucional como un hecho “histórico” en defensa del equilibrio de poderes y la supremacía de la Carta Política.

El gremio aseguró que la medida cautelar evita la consolidación de efectos irreversibles mientras se adelanta el estudio de fondo, y reiteró que las facultades excepcionales del Ejecutivo deben utilizarse de manera restrictiva y excepcional. El presidente de Fenalco, Jaime Alberto Cabal, sostuvo que los argumentos del Gobierno no respondían a hechos sobrevinientes o imprevisibles, sino a problemas estructurales del Estado, algunos de ellos derivados, según el gremio, de decisiones de política pública equivocadas.

En ese sentido, advirtió que las dificultades fiscales, la financiación del sistema de salud, los subsidios a los servicios públicos o las restricciones de endeudamiento no pueden ser presentadas como calamidades súbitas que justifiquen gobernar por decreto ni reemplazar el debate democrático en el Congreso de la República. Para Fenalco, la suspensión del decreto envía un mensaje claro sobre la necesidad de que el Ejecutivo adopte una ruta institucional responsable, enfocada en la racionalización del gasto, la planeación y la transparencia fiscal, y alertó que trasladar de forma reiterada los costos al sector empresarial pone en riesgo la actividad económica y la competitividad del país.

Cabe recordar que la decisión del Gobierno de decretar la emergencia económica se produjo tras el hundimiento de la ley de financiamiento y buscaba garantizar el Presupuesto General de la Nación 2026, con el propósito de reducir el gasto tributario y equilibrar las finanzas públicas, especialmente en áreas ambientales y de salud pública.

Entre los factores de mayor impacto en la economía nacional que motivaron la medida se encuentran el déficit del Fondo de Estabilización de Precios de los Combustibles (FEPC), la deuda acumulada por los subsidios a la gasolina y el diésel, originada en la congelación de precios durante la pandemia y la falta de ajustes frente al precio internacional, así como los subsidios de energía y gas, que han representado una carga recurrente para el presupuesto público.

 

Respetar la independencia

Desde la Cámara de Comercio de Armenia y el Quindío, se resaltó la importancia del respeto y la concertación entre los poderes Legislativo y Ejecutivo como pilar de un Estado social de derecho. “Es fundamental respetar la independencia de los poderes y ratificar la importancia de las Altas Cortes, cuyas decisiones deben estar amparadas por la Constitución Nacional y la normatividad vigente”, afirmó Rodrigo Estrada Reveiz, presidente ejecutivo de la entidad.

 

CGT opinó

Por su parte, la Confederación General del Trabajo (CGT) calificó la decisión provisional de la Corte como “desconcertante” y expresó preocupación por el manejo del déficit fiscal. Hugo León Echeverry García, vicepresidente nacional de la CGT y presidente de la central obrera en el Quindío, señaló que la suspensión frena una herramienta transitoria que buscaba garantizar recursos urgentes ante la falta de respaldo del Congreso a las reformas tributarias del Gobierno.

Según Echeverry, el decreto pretendía corregir un déficit fiscal derivado del hundimiento de iniciativas que buscaban gravar sectores con alta capacidad económica y baja carga tributaria, como los juegos de azar, las plataformas digitales, los cigarrillos y los licores. Aseguró además que el Gobierno actuó dentro de sus facultades constitucionales para evitar riesgos como el incumplimiento de pagos de la deuda externa y la paralización de inversiones estratégicas.

El dirigente sindical recordó que la medida tenía carácter temporal y proyectaba recaudar cerca de 11 billones de pesos, de los cuales solo una parte se alcanzó a obtener antes de la suspensión. A su juicio, la decisión cautelar termina favoreciendo a los sectores de mayor patrimonio del país, pues el gravamen estaba dirigido a personas con patrimonios superiores a los 3.000 millones de pesos, un grupo que representa cerca del 1 % de la población.

Finalmente, Echeverry manifestó que aún existe expectativa frente al estudio de fondo que realizará la Corte Constitucional y reiteró la necesidad de contar con un Congreso que respalde las reformas sociales, laborales y pensionales. “Desde las centrales obreras defendemos el poder adquisitivo y los derechos de los trabajadores, mientras otros sectores defienden intereses empresariales. Este es un momento decisivo para el país y me parece que se está dando un manejo de tinte político”, concluyó.


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