Expertos sugieren amnistías tributarias y revisión política para mejorar el recaudo y apoyar a microempresarios.
A propósito del proceso de declaración de renta que para personas naturales comenzó el pasado 12 de agosto, comprender los términos que rodean esta obligación resulta fundamental para evitar confusiones y cumplir correctamente con la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, Dian.
Una de las dudas más frecuentes entre los contribuyentes es creer que declarar renta es sinónimo de pagar impuestos. No obstante, la realidad es distinta.
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Christian Junot Quiñones Cortés, exsubdirector operativo de análisis y sectores estratégicos durante el gobierno del expresidente Iván Duque Márquez y exsubdirector de fiscalización de la Dian, explicó que la declaración de renta es un formulario mediante el cual los ciudadanos reportan su situación fiscal del año anterior, en este caso, el 2024.
“La declaración es solamente un formato en el que se diligencian unos rubros y se determina si existe un impuesto a pagar. En muchos casos, esa declaración no necesariamente genera un pago”, explicó.
Aseguró que el recaudo tributario corresponde a los impuestos efectivamente cancelados por los contribuyentes y se materializa en los recibos oficiales de pago. Este recaudo no solo proviene del impuesto de renta, sino también de otros gravámenes como el IVA, la retención en la fuente, el impuesto nacional al consumo, los tributos aplicados a la gasolina y al ACPM, además de los llamados impuestos saludables.
Así mismo, Quiñones Cortés sostuvo que en términos de recaudo, los ingresos consignados a través de los recibos oficiales constituyen la mayoría de los recursos propios del Estado, indispensables para cubrir los rubros presupuestales de inversión y funcionamiento.
Ingresos que obligan a declarar
El experto precisó que durante el año gravable 2024 toda persona con ingresos superiores a $65.891.000 está obligada a declarar renta. Sin embargo, recalcó que no solo se tienen en cuenta los ingresos, sino también las consignaciones.
En este punto, hizo un llamado a comprender que las consignaciones no se limitan a lo que llega a una cuenta bancaria tradicional. Hoy en día, añadió, los depósitos que se reciben en plataformas digitales como Nequi, Bancolombia A la Mano, Daviplata o Transfiya también hacen parte de este control.
“El mismo criterio aplica para quienes usan tarjeta de crédito. Si durante 2024 el total de consumos superó la cifra de $65.891.000, el contribuyente también está obligado a declarar”, indicó.
A su vez, aclaró que el patrimonio también se tiene en cuenta. “Una persona puede no registrar ingresos, consignaciones, ni consumos en tarjetas de crédito o compras, pero si al sumar el valor de todos sus bienes inmuebles y el dinero en cuentas bancarias su patrimonio total supera los $211.792.500, igualmente deberá presentar la declaración de renta”.
Por otro lado, Quiñones Cortés reconoció que Colombia cuenta con un sistema tributario “complejo”, lo que dificulta que cualquier persona pueda elaborar por sí sola su declaración de renta sin un conocimiento técnico. En este sentido, recomendó acudir a un contador.
No obstante, resaltó que la Dian pone a disposición la herramienta de información exógena, que permite consultar los datos que la entidad tiene registrados sobre cada ciudadano. Para ello, es necesario ingresar a la plataforma con usuario y clave, descargar el archivo y, a partir de esa información, elaborar la declaración evitando inconsistencias.
Además, recordó que el proceso solo se puede realizar de manera virtual: “Hoy en día todo el mundo presenta la declaración de forma virtual y con firma digital. Ya no se admite el formulario litográfico”.
Recaudo tributario en el Quindío frente al panorama nacional
Christian Junot Quiñones Cortés, exsubdirector operativo de análisis y sectores estratégicos durante el gobierno del expresidente Iván Duque Márquez y exsubdirector de fiscalización de la DIAN, aseguró a La Crónica del Quindío que el aporte del departamento, aunque importante, resulta poco significativo si se compara con otras regiones del país.
“Bogotá es la ciudad que más contribuye en términos de recaudo, seguida por Medellín, que cuenta con grandes contribuyentes. Una sola empresa como Bancolombia Medellín aporta alrededor del 7 % de todo el recaudo nacional, lo que representa varios billones de pesos”, señaló.
El experto precisó que cerca de 20 empresas en Colombia concentran el 20 % del recaudo, mientras que los 3.000 grandes contribuyentes aportan el 60 %. Aunque muchos de ellos están ubicados en distintas regiones, son controlados desde Bogotá, por lo que el recaudo se asigna allí.
“Cuando uno revisa a nivel territorial, el Quindío tiene un aporte que no es despreciable, pero tampoco relevante frente al volumen que generan las grandes empresas. Además, la realidad es que el problema de recaudo no es exclusivo del departamento, sino que afecta a todo el país”, recalcó.
Impacto en micro y grandes empresarios
En cuanto al impacto para grandes empresarios y microempresarios, Christian Quiñones Cortés, indicó que esta situación ha perjudicado a quienes dependen de esa cadena de producción o comercio. “El gobierno se ha dedicado a atacar en teoría a los más ricos, pero sin soluciones para los pequeños”, dijo.
En su opinión, los grandes empresarios son quienes pueden desarrollar infraestructura productiva y tecnológica, mientras que para un pequeño agricultor es muy difícil buscar mercados internacionales o ubicar sus productos en grandes superficies.
“Todo hace parte de una cadena. Lo que estamos viendo y seguiremos viendo es el impacto de esas decisiones”, expresó.
Frente a la situación regional, aclaró que el aporte del Eje Cafetero es mínimo comparado con otras zonas, aunque no deja de ser importante. “El Quindío tiene el producto colombiano por excelencia: el café. Sin embargo, el precio internacional del grano resulta irrelevante frente a otros productos, lo que hace que su impacto no se vea tan significativo. Aun así, el departamento aporta impuestos relevantes y, en conjunto con el Eje Cafetero, representa una puerta abierta para los demás productos colombianos en el mundo”, sostuvo.
Finalmente, recordó que desde 2021 los grandes contribuyentes del departamento pasaron a la base de recaudo de la Dirección de Grandes Contribuyentes de Bogotá. “Por eso, algunas empresas ya no suman directamente al recaudo departamental, sino al de la dirección nacional”, concluyó.
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