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Defensoría: con o sin valorización, las 12 obras tendrán que construirse

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martes, 19 enero 2021

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La defensora del Pueblo en el Quindío se refirió a las condiciones del pacto de cumplimiento que presentó el alcalde de Armenia, José Manuel Ríos Morales.  

En diálogo con LA CRÓNICA, Luisa Fernanda León Betancourt, defensora del Pueblo en el Quindío, hizo una radiografía del proceso de valorización desde la inclusión  de la figura en el plan de desarrollo, en el año 2014. Se refirió a los errores cometidos, a los intereses creados y a las lecciones que debe asimilar la ciudad para no repetir los mismos yerros. También habló sobre la acción popular, la cual llevará a que las 12 obras prometidas se construyan, sin importar si el actual concejo aprueba o no, modificar el acuerdo.

 ¿Cuál es la opinión de la Defensoría del Pueblo respecto al proyecto de valorización que se tramitó en el concejo de Armenia durante 2014?  

 La Defensoría del Pueblo considera que era un proyecto de infraestructura necesario para afrontar el crecimiento poblacional y la situación de movilidad del municipio de Armenia; igual que el modelo de financiación de valorización, tomado como ejemplo de otras ciudades, es un mecanismo que permite desarrollar proyectos de obras públicas en donde el sector público no cuenta con los recursos suficientes para cubrir dichas necesidades.  

¿Cuáles fueron los principales errores que se cometieron, los cuales se deben tener como lecciones aprendidas para la ciudad?  

A nuestro juicio, y conociendo detalles de todas las áreas del proyecto de infraestructura de valorización, se cometieron errores que podrían agruparse en 6 aspectos generales. 

1. Falta de planeación: el proyecto nació sin una planeación técnica, ambiental, jurídica y presupuestal en el largo plazo, que permitiera avizorar las diferentes circunstancias que podrían afectar el desarrollo de las obras desde su inicio hasta su final.  

2. Presupuesto no ajustado a la realidad: un presupuesto basado en estudios técnicos parciales calculados en el año 2014, los cuales no fueron proyectados para el largo plazo, y mucho menos, tuvo en cuenta los intereses corrientes de los empréstitos solicitados. Errores que hoy tienen el proyecto desfinanciado y con escasos $5.000 millones en cuentas de valorización, que no alcanzan para culminar ninguna obra y muy seguramente estarán destinados para pagar deuda.  

3. Endeudamiento mal proyectado: el afán por beneficiar a terceros llevó a endeudar al municipio por $54.000 millones, sin haber iniciado el recaudado de valorización, un endeudamiento desarmonizado, lo cual ocasionó que el municipio incurriera en gastos sin ingresos, afectando su capacidad de endeudamiento, de pago y su destinación de recursos propios, siendo estos últimos los recursos con los cuales seguramente tendrá que asumir la deuda.   

4. Desarticulación institucional: notablemente la falta de participación de instituciones públicas y privadas hicieron que el proyecto no contara con proyección de ciudad y, por ende, que tenga en la actualidad temas tan complejos como falta de permisos y viabilidades para la continuidad o inicio de las obras.  

5. Falta de concertación ciudadana: todo tipo de proyecto nace de una necesidad y con mayor importancia un proyecto de ciudad debe nacer de las necesidades de la ciudadanía. Para la Defensoría del Pueblo esas necesidades naturalmente surgen de concertación con la gente, infortunadamente, para este caso no se llevó a cabo.  

6. Contratación centralizada: la irresponsabilidad de contratar un proyecto de tan amplia magnitud con el mismo contratista es el mayor acto de corrupción que pueda tener una administración pública.  

 ¿Cuál fue el objetivo del ministerio público al presentar la acción popular que derivó en el pacto de cumplimiento?  

El objeto de la acción popular fue proteger los derechos colectivos del patrimonio público y la moralidad administrativa de la ciudadanía de Armenia, puesto que estos derechos estaban siendo amenazados por: primero, la desviación de recursos públicos a terceros. Segundo, el transcurrir del tiempo sin que la administración tomara medidas para darle continuidad a las obras iniciadas. Tercero, el detrimento patrimonial de las obras iniciadas y no terminadas. Cuarto, la proximidad en la finalización de plazos para pagos de contribución de valorización y plazo de tiempo de construcción de obras.  

Congruente con lo anterior, la pretensión principal en esta acción popular es que se ordene al municipio de Armenia adelantar las actuaciones necesarias para establecer el mecanismo de financiación más apropiado, externo o con recursos propios, que le permita ejecutar las obras restantes, dando prioridad a aquellas que quedaron iniciadas y en las que se alcanzó a realizar una inversión pública.  

Sabemos que la alcaldía de José Manuel Ríos Morales presentó un primer documento que no satisfizo los requerimientos de la Defensoría del Pueblo, ¿por qué?  

Porque dicho documento no estableció de manera concreta las acciones que adelantaría la administración municipal para cumplir con las pretensiones principales establecidas por la Defensoría del Pueblo en la acción popular, a nuestro juicio, el documento era netamente informativo sobre la situación de valorización con falta de propuestas claras.  

  La ciudadanía sigue sin asimilar el pacto de cumplimiento que se avaló porque considera que se extendió mucho en el tiempo, ¿cuáles son las condiciones que llevaron a la Defensoría a avalar esta propuesta del gobierno municipal?  

La difícil situación presupuestal por el bajo recaudo de la contribución de valorización, lo cual impide la culminación de cualquiera de las obras planteadas inicialmente. La desconfianza del contribuyente para realizar pagos, lo cual continuará afectando notablemente el recaudo proyectado. La deuda bancaria y los altos montos por concepto de intereses. La desactualización de los estudios técnicos y presupuestales presentados en 2014, teniendo como consecuencia un desconocimiento absoluto del estado actual de las obras y del valor de estas en la actualidad. La falta de permisos y viabilidades que dependen de otras instituciones. Estas son algunas de las razones que tuvimos en cuenta para aceptar el pacto de cumplimiento presentado por la alcaldía de Armenia el pasado mes de diciembre, puesto que, si bien nuestras pretensiones son claras, la Defensoría del Pueblo debe ser responsable con la situación financiera del municipio y entendemos que las complejidades técnicas, ambientales, jurídicas y presupuestales dificultan el desarrollo de las obras en el corto plazo. 

Ahora bien, dicho pacto de cumplimiento parte de 2 acciones fundamentales para empezar a solucionar la actual situación, el primero, realizar jurídicamente lo necesario para aplazar vencimiento de términos en el recaudo de los contribuyentes, y la segunda, realizar estudios técnicos estrictos que actualicen si los convenios firmados son o no alcanzables, o por el contrario deberán tener ajustes ciertos y cumplibles.  

Con base en el pacto de cumplimiento, ¿cuáles son los diferentes escenarios que se pueden presentar en el concejo de Armenia cuando el alcalde lleve a consideración de los cabildantes, en las próximas sesiones ordinarias, la modificación del acuerdo de la valorzación, el 020 de 2014?  

Para la Defensoría del Pueblo, el concejo de Armenia es un actor fundamental en el avance de este proyecto, ya que deberá coadyuvar para que las obras de valorización continúen, se terminen o se modifiquen, donde no solo deberá tener en cuenta el pacto de cumplimiento, sino los estudios que presente la administración municipal como fundamento para la modificación que se requiera.  

 Los escenarios son bastante amplios, puesto que es importante tener en cuenta que el concejo de Armenia podrá aprobar o no las modificaciones que presente la administración municipal, podrá derogar o modificar el acuerdo 020 de 2014, y solicitar la devolución de dineros a los contribuyentes, entre muchas otras decisiones que podrían presentarse.   

¿Qué va a pasar con las obras si finalmente el concejo decide no aceptar continuar con la valorización?   

El pacto de cumplimiento está respaldado por una sentencia judicial, que es de obligatorio cumplimiento, por lo que si no existe la contribución por valorización, las obras establecidas en el acuerdo 020 de 2014 se deberán culminar con recursos propios o a través de proyectos gestionados, dado que la Defensoría del Pueblo considera que las obras de infraestructura al 2021 continúan teniendo importancia para el desarrollo de la ciudad.  

Lo anterior se fundamenta en que no existe en ninguna de las pretensiones manifestadas por la Defensoría del Pueblo o en el pacto de cumplimiento aceptado, que, si no existiera la contribución por valorización, las obras no se desarrollen. 

¿Cuál será el papel de la Defensoría para garantizar el cumplimiento del pacto presentado por la alcaldía y cuáles son los mecanismos jurídicos con que cuenta para intervenir en caso de ser necesario? 

La Defensoría del Pueblo como accionante debe solicitar el acatamiento del pacto de cumplimiento de acuerdo con las órdenes dadas por el juez a la administración municipal de Armenia, si esta no cumple, se solicitará al juez que se inicien los respectivos incidentes de desacato.  

Es nuestra obligación realizar el seguimiento al cumplimiento de las órdenes dadas y en las fechas establecidas y así velar por la protección de los derechos colectivos de la ciudadanía.  

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