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Conozca cuál es la participación de las mujeres en los gabinetes del Quindío

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martes, 8 marzo 2022

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A propósito del día de la mujer y del comunicado emitido por la Dirección de Empleo Público del Departamento Administrativo Función Pública en el que, para el 2021, a nivel nacional la participación de la mujer en cargos de máximo nivel de decisión como en otros niveles decisorios alcanzó un 46%

Conmemorar es recordar u homenajear, distinto a celebrar —festejar—. La historia da luces sobre el asunto: debido a movimientos feministas rusos en 1917, se conmemora el 8 de marzo como el Día Internacional de la Mujer. La primera conmemoración del día de la Mujer fue designada por el Partido Socialista de América —grupo político estadounidense— el 28 de febrero de 1909, para rememorar la huelga de trabajadoras del sector textil que se había realizado en Nueva York en 1908 y donde murieron 129 mujeres porque fueron encerradas para evitar robos durante la manifestación y no pudieron salir del edificio cuando se presentó el incendio

En 1910 durante la reunión de la Internacional socialista de mujeres —movimiento internacional de las organizaciones de mujeres de los partidos socialistas, socialdemócratas y laboristas— que tuvo lugar en Copenhague, se propuso la conmemoración del día internacional de las mujeres trabajadoras con el objetivo de que fuese un homenaje a los movimientos que defendían los derechos de las mujeres e impulsar la lucha por el derecho al voto. 

En 1913 las mujeres rusas lo conmemoraron el último domingo de febrero. En 1917, de nuevo eligieron este día para rechazar las muertes producidas durante la primera guerra europea. Días después, el 8 de marzo del mismo año, fue aprobado el derecho al voto en Rusia y desde entonces en varios países fue conmemorado en esta fecha. No obstante, fue hasta 1977 que la Organización de Naciones Unidas adoptó el 8 de marzo como el Día Internacional de la Mujer.

En Colombia fue hasta el 25 de agosto de 1954 que las mujeres pudieron ejercer el derecho al voto. Al tener claro el panorama histórico, vale la pena entonces, después de 68 años de la participación en elecciones y 45 años en los que oficialmente se ha conmemorado este día, preguntarse ¿cuál es la participación y el rol de las mujeres en los cargos públicos del Quindío? 

Normatividad a nivel nacional

En el marco legal son fundamentales: La ley 581 de 2000 y el decreto 455 de 2020. La primera “reglamenta la adecuada y efectiva participación de la mujer en los niveles decisorios de las diferentes ramas y órganos del poder público”. En esta, se estipula que los cargos de máximo nivel decisorio —secretarios de despachos— y los de otros niveles decisorios — directores, subdirectores o jefes de oficina— serán desempeñados como mínimo en un 30 % por mujeres. Respecto a las sanciones, “el incumplimiento de lo ordenado en este artículo constituye causal de mala conducta, que será sancionada con suspensión hasta de 30 días en el ejercicio del cargo, y con la destitución del mismo en caso de persistir en la conducta, de conformidad con el régimen disciplinario vigente”.

En cuanto al segundo, el decreto 455 de 2020 estipula que “la participación de la mujer en los empleos de nivel directivo de la Rama Ejecutiva de los órdenes nacional y territorial, se hará efectiva aplicando por parte de las autoridades nominadoras las siguientes reglas: para el año 2021 mínimo el 45% de los cargos de nivel directivo serán desempeñados por mujeres; para el año 2022 mínimo el 50% de los cargos de nivel directivo serán desempeñados por mujeres”.

Según un comunicado nacional, que se publicó el día 7 de marzo por la Dirección de Empleo Público del Departamento Administrativo Función Pública: “En 2021 la participación de la mujer en cargos de máximo nivel de decisión como en otros niveles decisorios, alcanzó un 46 %, superando la cifra del año anterior cuando se había ubicado en 45%. El reporte que fue presentado por 2.046 entidades arrojó que el 45 % de los cargos de máximo nivel decisorio están ocupados por mujeres, en tanto que en otros niveles decisorios alcanzan el 47 % de los puestos de trabajo”. También mencionan que este ha sido el dato más alto alcanzado en la historia del país.

Francisco Camargo Salas, director Empleo Público del Departamento Administrativo de la Función Pública, señaló en una entrevista para La Crónica del Quindío que Mitú, Vaupés y Putumayo son los únicos departamentos que no cumplen aún con lo estipulado por la ley. 

“En general nosotros tomamos el reporte que entregan a Función Pública las entidades a nivel nacional, departamental, municipal de todas las ramas del poder público y con este realizamos el Informe de ley de cuotas anual que se envía a la Procuraduría General de la Nación, al Congreso y la presidencia república y a la Alta consejería de participación para la mujer. Así los entes de control entran a revisar el cumplimiento de los mismos. Nuestro ejercicio es más que todo pedagógico porque está más que demostrado que la mujer en la administración pública es fundamental para la eficiencia, la eficacia, productividad y transparencia. La mujer cada vez rompe más los techos de cristal y hay una apuesta concreta y real para llegar a la paridad de género. Colombia es un caso de éxito en el exterior. El panorama es positivo porque hemos superado lo que señala la ley de cuotas”.

Panorama en el Quindío

Precisamente, de acuerdo con el informe de ley de cuotas de 2021 realizado por Función pública los “departamentos sobrepasaron el porcentaje establecido, pero aún se encuentran por debajo de la meta ODS 44.5 %, tales como: Casanare 44 %, Quindío 43 %, Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina 43 %, Caldas 40 % y Risaralda 39%”. De manera que el año pasado, el Quindío cumplió lo establecido en la ley más no la meta señalada en el decreto mencionado.

Desde otra mirada, se puso el foco específicamente en las secretarías del gabinete de la gobernación del Quindío y en las secretarías y subsecretarías que conforman los gabinetes de los 12 municipios del departamento. Los hallazgos fueron: Armenia: 7 mujeres, 10 hombres; Salento: 3 mujeres, 5 hombres; Génova: 1 mujer, 3 hombres; Pijao: 1 mujer, 2 hombres; Buenavista: 1 mujer, 2 hombres; Córdoba: 1 mujer, 3 hombres; Filandia: 2 mujeres, 2 hombres; Quimbaya: 7 mujeres y 8 hombres —secretarías y subsecretarías—; Calarcá: 5 mujeres, 10 hombres —secretarías y subsecretarías—; Montenegro: 4 mujeres, 4 hombres —secretarías y subsecretarías—; Circasia: 1 mujer, 2 hombres; La Tebaida: 2 mujeres, 3 hombres. En la gobernación: 6 mujeres, 8 hombres.

En total, al corte del 8 de marzo de 2022 en el departamento del Quindío hay 103 secretarios, de los cuales 41 son mujeres y 62 hombres. En términos porcentuales esto indica que el 39.8 % son secretarias y el 60.2 % secretarios

Ver también: Candidatos a la Cámara calificaron como regular la gestión de alcalde y gobernador

 

Discusión

Aunque poco a poco se han logrado espacios en los que las mujeres pueden ejercer protagonismo y ocupar roles importantes en la política y en la sociedad y las estadísticas parecieran alentadoras, la brecha de género es evidente en diferentes escenarios.

Especialista en derecho constitucional conceptuó sobre el particular: “En este momento estamos haciendo una revisión de la reforma al código electoral porque establece las listas cremallera como una de las medidas para garantizar la equidad de género en el proceso electoral. Sin embargo, la reforma genera alarmas porque no necesariamente asegura la participación política de las mujeres en los espacios de representación popular, no garantiza espacios de poder. Por ejemplo, en la asamblea departamental solo hay una mujer y eso porque el diputado renunció para lanzarse al senado. Allí la comisión de género está conformada por 3 hombres.

Adicional a eso, en diferentes instituciones del Estado no se da el cumplimiento a la ley de representación de las mujeres en espacios de dirección y control. Ahora bien, la norma lo determina para lo público, pero eso no ocurre en espacios privados, las empresas no están obligadas a adoptar esta medida y lo que encontramos es que los 12 CEO más importantes del país son hombres. Eso revela que la medida también se requiere en lo privado en aras de garantizar la redistribución del poder y una redistribución económica.

A raíz del acuerdo de paz y el desarrollo del estatuto de la oposición, se dio una relevancia a la participación política de las mujeres en el estado y eso permitió que se tuviera en cuenta a las mujeres con mayor fuerza en los diferentes espacios de participación. En este momento no hay reales medidas que permitan legislar o producir ordenanzas y acuerdos municipales que beneficien a las mujeres y su participación o representación”.

Ana María Gómez Hincapié, abogada y directora del Observatorio mujer, cultura y derecho opinó que “las normas no están cumpliendo con el espíritu con el que fueron creadas, no se reflejan estas exigencias en la realidad, no hay un 50 % de participación de mujeres. Debería ser una premisa de alcaldías y gobernación buscar perfiles de mujeres para estos cargos, pero nosotras siempre estamos en desventaja frente a los hombres.

Sabemos que muchos cargos de alcaldía y gobernación están supeditados a cuotas y estrategias políticas de manera que, estas normas se promulgan solo por requisito. Por otro lado, con el tema de participación política nos encontramos que es supremamente bajo,no hay cuota de género en las elecciones”. 

Por su parte, Estefanía Osorio Hernández, abogada penalista, señaló que “en general no estoy de acuerdo con que se incluyan mujeres solo por tener una cuota de género en alcaldías y gobernación. La mujer debe destacarse porque cuenta con la preparación necesaria y exigencias legales para los cargos. El problema es que en el país no se cumple, hay infinidad de mujeres con formación para ocupar diferentes cargos públicos y privados, pero no se les da la valía que debería”.´


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