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De 23 decretos, uno se orientó en atención de la emergencia

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lunes, 8 junio 2020

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La creación de un comité de crisis ad honorem, agrupó a funcionarios de la gobernación para hacer balances sobre la COVID-19.

Desde que llegó el primer caso de coronavirus al país se han iniciado acciones desde la presidencia de la República y otras más de manera independiente por cada mandatario regional. Pero cuántas de esas disposiciones no son directamente desatadas por las menciones nacionales y cuántas se han gestado en pro del bienestar de la comunidad. LA CRÓNICA revisó cada uno de los decretos emitidos por la gobernación de Quindío y encontró que desde el 16 de marzo se han publicado 23 y solo uno está relacionado con la atención de la pandemia.
 

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A continuación se relacionan los decretos encontrados en la página. De acuerdo con las fechas: el 16 de marzo, la gobernación declaró una situación de calamidad pública bajo la resolución No. 192 del 16 de marzo de 2020.

Decreto No. 203 del 18 de marzo de 2020, “por medio del cual se realiza un traslado en el presupuesto general del departamento para la vigencia fiscal 2020”. Decreto 211 del 26 de marzo de 2020, “por medio del cual se realiza una desconcentración y delegación de funciones excepcionales en las actuaciones contractuales en el sector central de Quindío, en atención a la declaratoria de calamidad pública y urgencia manifiesta”. Esta determinación estuvo orientada en adelantar contratos bajo la denominación de urgencia manifiesta.

Decreto No. 213 del 27 de marzo de 2020, “por medio del cual se modifica parcialmente el decreto 211 del 26 de marzo de 2020”, en este se ofrecen unas peticiones para la contratación bajo la modalidad especificada de urgencia manifiesta.

Decreto No. 335 del 29 de marzo de 2020, “por medio del cual se modifica el decreto No. 676 de 19 diciembre del 2019 y se deroga el decreto 209 de 25 de marzo de 2020”. Decreto No. 214 del 30 de marzo de 2020, “por medio del cual se efectúa el nombramiento del gerente del hospital La Misericordia de Calarcá”. Como este se expidió uno más, para el nombramiento del gerente del hospital San Juan de Dios. El decreto No. 215 del 30 de marzo de 2020 extendió el periodo del gerente del hospital mental de Filandia, a través del decreto 216 del 30 de marzo de 2020.

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Decreto No. 260 del 3 de abril de 2020, “por medio del cual se modifica el decreto 198 del 18 de marzo de 2020 y se toman medidas sobre la suspensión de términos en los trámites y procesos administrativos que se adelantan en el departamento”. Decreto No. 03-00261 del 3 de abril de 2020, “por medio del cual se ordena el reintegro de vacaciones de los rectores y coordinadores de las instituciones educativas por necesidad del servicio”.

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Decreto No. 265 del 13 de abril de 2020, “por medio del cual se crea y reglamenta el comité departamental de crisis ad honorem, en el marco de la emergencia sanitaria causada por la COVID-19”. Decreto No. 270 del 23 de abril de 2020, “por medio del cual se hace efectiva una suspensión y se encarga alcalde en el municipio de Calarcá”.

Decreto No. 271 del 24 de abril de 2020, “Por medio del cual se crea una planta de empleos públicos temporales para atender necesidades de las instituciones educativas del departamento, sector central y se dictan otras disposiciones”. Decreto No. 280 del 28 de abril de 2020, “por medio del cual se convoca a sesiones extraordinarias a la asamblea departamental”.

Decreto No. 0281 del 29 de abril de 2020, “por medio del cual se efectúa la reelección del gerente del hospital mental de Filandia. Decreto No. 293 del 5 de mayo de 2020, “por medio del cual se crea la mesa de coordinación de seguridad y abastecimiento alimentario en Quindío”, aunque es en pro de la comunidad en el marco de la emergencia, no es un acto exclusivo del gobierno departamental, ya que a mediados de marzo, Iván Duque Márquez dispuso esta garantía en Colombia.

Decreto No. 00298 del 8 de mayo de 2020, “por el cual se transfieren recursos correspondientes al 30 % del recaudo de la estampilla departamental para el bienestar del adulto mayor del período comprendido entre el 1 de enero de 2020 con corte al 19 de marzo, misma vigencia, de conformidad con certificación de la dirección financiera de la secretaría de Hacienda”.

Decreto No. 00299 del 8 de mayo de 2020, “por el cual se transfieren recursos correspondientes al 70 % del recaudo de la estampilla departamental para el bienestar del adulto mayor para el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2020 con corte al 19 de marzo, misma vigencia, de conformidad con certificación de la dirección financiera de la secretaría de Hacienda departamental”.

Decreto No. 307 del 13 de mayo de 2020, “por medio del cual se modifica un artículo del decreto No.192 de 16 de marzo de 2020 que declaró una situación de calamidad pública en el departamento”, el anuncio modificó el artículo 2 e integró 2 subnumerales, la información agregada está enmarcada en materia presupuestal y financiera del Sistema General de Regalías. 

Decreto No. 318 del 19 de mayo de 2020, “por medio del cual se actualizan los ítems del listado de precios unitarios oficiales de referencia para la contratación de obras civiles de la secretaría de Aguas e Infraestructura del departamento, adoptado mediante el decreto 000452 del 14 de agosto de 2017, modificado por el decreto 000113 del 07 de marzo de 2018 y por el decreto 0477 del 16 de agosto de 2019”.

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Decreto No. 341 del 3 de junio de 2020 “por medio del cual se hace efectiva una suspensión y se encarga alcalde en Armenia’. Decreto No. 351 del 4 de junio de 2020 “por medio del cual se reorientan unas rentas de destinación específica del departamento, en uso de la facultad transitoria otorgada por el artículo 1 del decreto legislativo No. 678 del 20 de mayo de 2020’.

Decreto No. 353 del 4 de junio de 2020, “por medio del cual se adopta el artículo 6 del decreto legislativo 678 del 20 de mayo del año 2020, en el cual se faculta al gobernador de Quindío para diferir el pago de las obligaciones tributarias para la vigencia 2020”.

 


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