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Elecciones que marcarán el rumbo del país

socialmedia@cronicadelquindio.com

domingo, 13 marzo 2022

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Los quindianos tienen la posibilidad de elegir 3 representantes a la Cámara entre los 23 nombres que aspiran obtener esta dignidad.  

Hoy desde las 8 a. m. y hasta las 4 p.m. las urnas estarán abiertas para que los colombianos elijan a los nuevos moradores del Congreso de la República, cuya posesión se hará efectiva el próximo 20 de julio para que ocupen sus curules hasta el mismo día del año 2026.. El Congreso de la República está está dividido en 2 cámaras: Senado y Cámara de Representantes.

Este año serán elegidos 295 congresistas: 187 representantes a la Cámara (16 curules de paz) y 108 senadores. Según la Registraduría Nacional del Estado Civil, 38.819.901 colombianos podrán participar en las elecciones para elegir los nuevos legisladores del país.

Senado de la República

El Senado de la República es una de las dos cámaras del Congreso de la República de Colombia y hace parte fundamental de la Rama Legislativa. Es un cuerpo colegiado de representación directa del pueblo y debe actuar consultando a la justicia y por el bien común. El senado está formado con 108 congresistas, cuyo periodo constitucional es de 4 años. Están distribuido en 7 comisiones constitucionales, 3 accidentales, 4 especiales y 8 legales.

¿De qué se encarga el Senado?

El Senado de la República, en representación del pueblo colombiano, ejerce las funciones constitucionales y legales para promover el bien común y el desarrollo de la sociedad. De acuerdo con la Ley 05 de 1992 esta célula de poder tiene las siguientes funciones:

Función constituyente:

mediante actos legislativos tiene el poder de reformar la Constitución Política 

Función legislativa: elabora, interpreta, reforma y deroga las leyes y códigos en todas las ramas de la legislación. 

Función de control político: para requerir y emplazar a los ministros y demás autoridades y conocer de las acusaciones que se formulen contra altos funcionarios del Estado. La moción de censura y la moción de observaciones pueden ser algunas de las conclusiones de la responsabilidad política.
Función judicial: para juzgar excepcionalmente a los altos funcionarios del Estado por responsabilidad política.

Función electoral: para elegir contralor general de la República, procurador general de la Nación, magistrados de la Corte Constitucional y de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, defensor del Pueblo, entre otros.

Función administrativa: para establecer la organización y funcionamiento del Congreso Pleno, el Senado y la Cámara de Representantes.

Función de control público: para emplazar a cualquier persona, natural o jurídica, a efecto de que rindan declaraciones, orales o escritas, sobre hechos relacionados con las indagaciones que la Comisión adelante.

Función de protocolo: para recibir a jefes de Estado o de Gobierno de otras naciones. 

Lea también: 23 aspirantes por el Quindío a la Cámara de Representantes

Cámara de Representantes

La Cámara de representantes está formada con 171 miembros directamente elegidos, quienes son nombrados por 4 años. Su función principal legislar. 

Este año se sumarán en esa tarea 16 representantes elegios a través de la Circunscripción Especial de Paz. Es garante de la correcta y transparente ejecución de los recursos públicos asignados en pro de la excelencia en la actividad legislativa. 

¿De qué se encarga la Cámara de Representantes?

La función primordial de la Cámara de Representantes es dar, hacer o establecer leyes, pero adicionalmente desarrolla las siguientes funciones:

Función Constituyente: para reformar la Constitución Política mediante actos legislativos.

Función Legislativa: Para elaborar, interpretar, reformar y derogar las leyes y los códigos en todos los ramos de la legislación.

Función de Control Político: Para requerir y emplazar a los ministros y demás autoridades y conocer las acusaciones que se formulen contra altos funcionarios del Estado. La moción de censura y la moción de observaciones pueden ser algunas de las conclusiones de la responsabilidad política.

Función Judicial: Para juzgar excepcionalmente a los altos funcionarios del Estado por responsabilidad política.

Función Electoral: Para elegir contralor general de la República, procurador general de la Nación, magistrados de la Corte Constitucional y de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, defensor del Pueblo, vicepresidente de la República, cuando hay falta absoluta, y designado a la Presidencia.

Función Administrativa: Para establecer la organización y funcionamiento del Congreso Pleno, el Senado y la Cámara de Representantes.

Función de Control Público: Para emplazar a cualquier persona, natural o jurídica, a efecto de que rindan declaraciones, orales o escritas, sobre hechos relacionados con las indagaciones que la Comisión adelante.

Función de Protocolo: Para recibir a jefes de Estado o de Gobierno de otras Naciones.


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