La normativa ha cambiado y en la actualidad se considera desde los 2 metros, un trabajo en altura. El llamado no es solo a las empresas, también a cada empleado.
Aunque en lo que va del año son tres las muertes que se han conocido por caída mientras se realizaba una labor, el tema del riesgo de trabajo en alturas no es nuevo. Pero la normativa sí ha cambiado y ya se considera una actividad de estas características desde los dos metros. Así lo dio a conocer Fabián Yepes, docente del programa de Salud y Seguridad en el Trabajo y coordinador del centro de entrenamiento de trabajo en altura.
El profesional señaló además que la normativa ha cambiado, pero más allá de una resolución es la voluntad de las empresas y los empleados para valorar lo que significa el trabajo en alturas. Adicional a esto, no se trata solo de una persona, sino de por lo menos dos que estén capacitadas, ya que la que está trabajando puede llegar a sufrir un accidente, como marearse y el dejarlo suspendido puede ser un riesgo incluso mortal. Por ello es importante que el profesional B llegue para auxiliar al A que presentó la contingencia y esto requiere más capacitación.
Falta conciencia
Por su parte, Jhon James Pérez, docente del programa de Seguridad y Salud en el Trabajo expuso que cualquier empresa que vaya a realizar algún trabajo en altura, debe contemplar el respectivo curso para su grupo de trabajadores de tal forma que cumplan los lineamientos para realizar ese tipo de tareas riesgosas. “Muchas empresas están en esa sintonía, envían a sus empleados para calificarlos en aptitud para este tipo de actividades”.
Sin embargo, hay otras empresas que no se percatan sobre la contratación de personas para hacer estos arreglos, “no hay conciencia de relación contractual para asegurarse de que cuenten con las cualidades y también con la garantía del respaldo de afiliación a riesgos laborales. Una persona que incumple se atiene a sanciones. Desde que yo le dé una orden a alguien que realice una tarea, debo garantizarle cobertura de seguridad social y debe haber una aptitud del trabajador”, destacó.
Se refirió además a la responsabilidad de los centros de entrenamiento, ya que venden certificados de formación en alturas. “Es común encontrar en la ciudad por lugares en los que se pasa, sobre todo en construcciones, que no se cuenta con los requerimientos básicos, como un casco, para trabajar en altura. Eso se ve por doquier. Hay una gran necesidad de que los entes de control estén vigilando, que los entes de formación hagan correctamente su trabajo y las instituciones tomen conciencia de la importancia de desempeñar estas labores y se realicen las actividades respectivas.
Teniendo los cuidados respectivos, no solo es positivo para el empleado, sino para el empleador, ya que podría acarrear gastos que lo podrían llevar a la quiebra en caso de sufrir algún riesgo que deba indemnizar”.
Seguridad y Salud en el Trabajo
Las normas más importantes a tener en cuenta en seguridad y salud en el trabajo pueden variar según el área de la empresa, pero algunas de las más comunes y universales incluyen: Legislación laboral, Evaluación de riesgos, Formación y capacitación, Equipos de protección personal (EPP), Control de sustancias peligrosas, Ergonomía, Planes de emergencia, Inspecciones y mantenimiento, Comunicación y participación y Cultura de seguridad.
De acuerdo con los profesionales, los sectores en los que más se puede correr riesgo en el Quindío es en la construcción. Pero los trabajos independientes suelen ser muy poco precavidos y descuidan la norma, que tiene más relación con los casos de este año. Por ello es importante que el mismo Estado se preocupe por esto y socialice la norma y los peligros a los que se arriesgan con el trabajo en alturas. Actualmente, la norma sugiere un reentrenamiento anual y en caso de cambio de empleo, inmediato. Concluyeron que la toma de conciencia es esencial para evitar situaciones lamentables en un futuro, no solo por parte de empleadores, sino por los empleados que usen todas las herramientas y pongan en práctica los cuidados necesarios para evitar pagar indemnizaciones o hasta la muerte.
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