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El organismo judicial determinó que el municipio incumplió requisitos legales como la valoración del concepto técnico de la Secretaría de Planeación departamental y un estudio de factibilidad riguroso.

El Tribunal Administrativo del Quindío declaró inválido el Acuerdo 010 de 2025, mediante el cual el Concejo de Montenegro autorizaba la creación de la Secretaría de Tránsito local.

La administración departamental informó que el tribunal adoptó la decisión “en el marco del control de revisión de validez, iniciado a partir de las observaciones que presentó la gobernación, desde donde advirtió sobre posibles inconsistencias jurídicas, técnicas y fiscales en la creación de dicho organismo”.

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El Tribunal concluyó que el municipio “incumplió requisitos legales esenciales como la adecuada valoración del concepto técnico de la Secretaría de Planeación departamental y la elaboración de un estudio de factibilidad riguroso“.

Además, la corporación judicial determinó que la iniciativa vulneró el principio de planeación y presentó falencias en materia de sostenibilidad fiscal, al estructurar su financiación principalmente sobre el recaudo de comparendos.

El Tribunal también cuestionó la delegación de funciones propias de autoridad a una sociedad de economía mixta, al considerar que “el ejercicio de control, inspección y sanción de tránsito es una función indelegable del Estado“.

Aunque hasta el momento no se conoce pronunciamiento del alcalde de Montenegro, Gustavo Adolfo Pava Busch, el mandatario manifestó en octubre de 2025, cuando el Concejo aprobó la propuesta en segundo debate, que el municipio buscaba independizarse del Instituto Departamental de Tránsito del Quindío (IDTQ).

“La creación de una Secretaría de Tránsito y Transporte propia representa una oportunidad para fomentar la autonomía del municipio y avanzar hacia una gestión más moderna, cercana y articulada que asegure el orden y la protección vial en beneficio de la comunidad”, señaló entonces Pava Busch.


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