Trans Logytour S.A.S., Transportes Granada González Gamboa y Cía S.C.A., y Cenda Diagnosticentro S.A. no se ha pronunciado ante las órdenes de la Superintendencia de Transporte.
Las empresas Trans Logytour S.A.S., Transportes Granada González Gamboa y Cía S.C.A., así como el Centro de Diagnóstico Automotor (CDA) Cenda Diagnosticentro S.A. de Armenia, no se han pronunciado oficialmente tras la apertura de investigaciones y la formulación de cargos en su contra. La Superintendencia de Transporte los investiga por su posible responsabilidad en la tragedia del Helicoidal, en la que murieron diez personas.
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Estas acciones forman parte de las medidas adoptadas tras el primer Consejo Territorial de Seguridad Vial, convocado con el propósito de esclarecer las causas del accidente ocurrido el sábado 24 de mayo. En el hecho fallecieron siete estudiantes, dos docentes y un administrativo de la Universidad Alexander von Humboldt, un suceso que conmocionó al Quindío y al país.
La ministra de Transporte, María Fernanda Rojas Mantilla, destacó que las acciones avanzan con celeridad para esclarecer lo sucedido.
“Esta es la respuesta inmediata y coordinada de las entidades del sector transporte para esclarecer los hechos del siniestro en el puente Helicoidal de La Línea. Nuestra obligación es garantizar el cumplimiento de la normativa y que los responsables rindan cuentas”, declaró la ministra.
Agregó: “Reafirmamos nuestro compromiso con la seguridad vial y con la protección de la vida como prioridad del Gobierno nacional”.
Por su parte, el superintendente de Transporte, Alfredo Enrique Piñeres Olave, subrayó que los actores del sector transporte deben asumir su responsabilidad.
“Los empresarios, conductores y operadores del transporte público son responsables de la integridad de los viajeros. Situaciones como la ocurrida en La Línea son inaceptables por el riesgo al que se expusieron los usuarios y que lamentablemente dejó como saldo la pérdida de vidas”, indicó.
Añadió: “Hago un llamado contundente a las empresas de transporte terrestre y a los CDA para que cumplan las normas. No dudaremos en aplicar con rigor las medidas necesarias para evitar nuevas tragedias en las carreteras del país”.
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Investigaciones en curso
En una comunicación oficial, la Superintendencia de Transporte explicó los motivos que llevaron a abrir investigaciones contra las tres entidades.
En el caso de Trans Logytour S.A.S., propietaria del vehículo involucrado en el accidente, se adelantan dos procesos. El primero, según la resolución 10539 del 30 de mayo de 2025, incluye cinco cargos por presuntos incumplimientos de obligaciones legales y fallas en el reporte de información a la autoridad de vigilancia.
La segunda investigación, abierta mediante la resolución 10701 del 6 de junio de 2025, formula siete cargos por evidentes irregularidades en la prestación del servicio de transporte el día del siniestro.
Además, dentro de este segundo proceso también se formularon cargos contra Transportes Granada González Gamboa y Cía S.C.A., empresa con la que, presuntamente, la Universidad Alexander von Humboldt contrató el servicio.
Suspensión preventiva al CDA
Por otra parte, la Superintendencia inició una investigación administrativa sancionatoria contra el CDA Cenda Diagnosticentro S.A., con sede en Armenia, mediante la resolución 10538 del 30 de mayo de 2025.
La decisión se basó en hallazgos preliminares y en el informe técnico del Operador Autorizado del Sistema de Control y Vigilancia (SICOV), donde se evidenció que, al parecer, el procedimiento de inspección del vehículo con placas TBK 683 no se realizó conforme a la norma técnica colombiana vigente para la revisión en pista.
Como medida preventiva, la Superintendencia ordenó la suspensión de la habilitación del CDA, la cual deberá ser informada públicamente en sus instalaciones, y la desconexión del Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT).
Esta suspensión se mantendrá vigente hasta que se superen las situaciones que la originaron o por un plazo máximo de seis meses, lo que ocurra primero.
Sanciones y recursos
Si se comprueba responsabilidad, cada empresa podría enfrentar sanciones de hasta 700 salarios mínimos mensuales legales vigentes, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 336 de 1996.
Contra la apertura de investigaciones y la formulación de cargos no procede recurso, conforme a los artículos 50 de la Ley 336 de 1996, 47 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, y la Ley 1437 de 2011.
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