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En la construcción de pista de BMX, alcaldía incumplió requisitos legales

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sábado, 24 octubre 2020

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Contraloría presentó informe que da cuenta de las presuntas irregularidades propiciadas por la inadecuada interpretación de la compensación urbanística.

Omisión del cumplimiento de los requisitos legales, así es denominado el hallazgo que hizo la Contraloría municipal de Armenia en el marco del proceso que adelanta sobre la construcción de la pista de bicicrós Alejandro Suárez, ubicada en inmediaciones del coliseo del Café, que se terminó en 2019, pero que todavía no ha sido entregada oficialmente al municipio.

Según el ente de control, el hallazgo es de tipo administrativo con presunciones disciplinarias, penales y fiscales por $316.964.311.  

“Al verificar el cumplimiento de las normas vigentes en cuanto a la contratación, ejecución y liquidación de obras con recursos públicos se puede evidenciar que no se cumplieron los requerimientos de la ley 80 y afines, por parte de la administración municipal”, dice el informe final de julio de 2020.  

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¿Qué ocurrió?

El municipio de Armenia permitió, mediante la expedición de resoluciones basadas en el decreto 064 de 2013, que los constructores del Parque Residencial del Café —del cual Fomvivienda era socio— compensaran un área de cesión por medio de la ejecución de obras públicas sin el lleno de los requisitos legales, pese a que el mencionado decreto solo reglamentaba que el aprovechamiento urbanístico adicional se debía cancelar en efectivo en la tesorería municipal.  

“De lo anterior, la empresa Fomvivienda tenía conocimiento ya que las resoluciones fueron comunicadas a los gerentes de la época y estos no se pronunciaron al respecto, sino que permitieron que la entidad se hiciera partícipe de negocios o cumplimiento de obligaciones mediante procesos o procedimientos que no cumplían la legalidad”. 

De acuerdo con la investigación del ente de control, además se incumplió el decreto 1077 de 2015 y el decreto 1469, ya que para permitir compensación de área de cesión a dinero debió haberse establecido un procedimiento por parte del concejo municipal y no se encontró permiso de ocupación e intervención del espacio público y, si este existe, no obedece a lo que dice la norma que debe estar sujeto a un estudio de factibilidad técnica, ambiental y de impacto urbano de las obras propuestas. 

“En resumen: no se aplicó la ley 80, en cuanto a la ejecución de obras públicas y demás normas aplicables en contratación. Se violó el artículo 209 de la Constitución Política, principios de la función administrativa”. 

Estas irregularidades se habrían cometido —de acuerdo con lo conocido por los auditores— presuntamente por deficiencias en la comunicación entre dependencias y funcionarios, falta de comunicación entre entidades del municipio y por la carencia de procesos y procedimientos, además de la extralimitación de funciones.

Como consecuencia, aparentemente se ejecutaron obras sin el lleno de requisitos legales, el municipio terminó realizando la supervisión de obras de terceros, hubo uso ineficiente de recursos públicos, pérdida de ingresos potenciales para el municipio, incremento de costos, incumplimiento de disposiciones generales, inefectividad en el trabajo, gastos indebidos, controles inadecuados de recursos o actividades, y quedaron obras incompletas. 

Ver: #Cronicápsula | El deporte, un escape en tiempos de pandemia

En ese orden de ideas, Isabel Cristina Carvajal Ramos, contralora municipal, indicó que el proyecto de construcción de la pista de BMX es solo uno de los procesos que se adelantan en relación con las cargas y compensaciones urbanísticas que se aplicaron entre 2013 y 2018. 

“En relación con la regulación establecida en el decreto 064 de 2013, Planeación municipal empezó a liquidar las compensaciones que debían asumir los constructores, sin embargo, en su investigación, el ente de control encontró que estas no correspondían a la legalidad, que había estipulado la misma administración municipal”, explicó. 

Es decir, aunque el decreto establecía que la compensación urbanística debía ser en dinero, Planeación permitió que contratistas particulares dispusieran de los recursos en obras públicas, cuando, en realidad, tenían que pagarle al municipio.  

“Una de las conductas que se le endilga al municipio es que cuando uno hace obras públicas, se hacen con una necesidad, bajo una planeación y con base en la ley 80, pero nada de esto se cumplió”, dijo. 

Como la pista fue finalmente construida por un particular, en la actualidad ni siquiera ha sido entregada a la ciudad. 

“Entonces, por ejemplo, las pólizas ni siquiera están a nombre del municipio y en caso de que sea una obra que no corresponda con la calidad o los requisitos técnicos, entonces no habrá a quién cobrarle. Creo que estamos ante un tema muy delicado que afecta el espacio público de Armenia”.

Es de resaltar que el decreto 064 de 2013 no establecía ni autorizaba ejecución de obras, solamente planteaba unas fórmulas por las cuales se llegaba a una liquidación de aprovechamiento urbanístico adicional y por una mala interpretación de este permiso, el ente de control adelanta otras investigaciones similares. 

“Hay hallazgos, por ejemplo, en la construcción del bicicarril del centro, que ni siquiera cumple con las especificaciones técnicas, sino que se queda en una señalización vial, diferente a lo que se construyó en la doble calzada Armenia-La Tebaida. Otro ejemplo es la obra del malecón de La Secreta, que, al día de hoy, está inconclusa, pero así existen muchas obras en la ciudad”. 

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