Para miles de familias colombianas, la firma de una promesa de compraventa de una Vivienda de Interés Social (VIS) representa el inicio de un proyecto de vida largamente anhelado.
Sin embargo, bajo la inercia del mercado actual, los compradores se han visto forzados a aceptar una práctica que, aunque común en el gremio constructor, carece de un equilibrio técnico y legal: el hecho de que el precio final de su hogar dependa de una variable tan incierta como el salario mínimo del año de escrituración.
Esta situación alcanzó un punto de quiebre con el incremento del 23.7% en el salario mínimo para 2026, elevando el tope de la vivienda VIS a $236.372.175. El problema central reside en una costumbre comercial que desdibuja el esfuerzo del ciudadano. Generalmente, se pacta una cuota inicial en pesos fijos que el comprador paga con rigor durante años; no obstante, al momento de la titulación, el constructor pretende ajustar el valor total del inmueble al salario mínimo vigente de ese último año.
Aunque el comprador acepta estas reglas a conciencia para asegurar su vivienda, esta práctica no la hace justa ni equitativa. Existe una contradicción de fondo: el constructor utiliza el flujo de caja de las cuotas iniciales en pesos hoy para apalancar la obra, pero al indexar el saldo final al salario futuro, termina diluyendo el valor real de los abonos ya realizados. El esfuerzo que la familia hizo hace dos o tres años en pesos pierde peso frente a un precio total que se dispara abruptamente, obligando a los hogares a buscar recursos adicionales de última hora para cubrir diferencias que nunca estuvieron en su presupuesto original.
Ante este panorama, el Gobierno Nacional ha intervenido con firmeza para aclarar que este reajuste automático no debe tener lugar. A través de la Circular 004 de 2024 de la Superintendencia de Industria y Comercio, se estableció que el precio debe informarse y pactarse en pesos colombianos desde la etapa de separación. Paralelamente, el Ministerio de Vivienda impulsa un decreto para que el tope de la vivienda se defina según el salario mínimo del año de la promesa, protegiendo al ciudadano de decisiones políticas y laborales ajenas a su realidad contractual.
No obstante, dejar el precio estático por años en una economía inflacionaria podría comprometer la viabilidad de los proyectos. La solución más transparente es migrar hacia reajustes anuales basados en el Índice de Precios al Consumidor (IPC) del año anterior. Este modelo garantizaría justicia para el hogar, con incrementos previsibles acorde al costo de vida, y sostenibilidad para el sector, compensando el alza real de materiales. Pero este ajuste debe ser condicionado: solo debería aplicar si el constructor cumple estrictamente los tiempos de entrega. Si el retraso es responsabilidad de la empresa, el precio debe congelarse en defensa del usuario. Lograr que la vivienda social sea una relación comercial justa es la única vía para que el ahorro de los colombianos no se evapore antes de recibir sus llaves.
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