La Sentencia C-509 de 2004 dejó claro que en Colombia no existe monopolio en la gestión de derechos de autor.
En Colombia, la gestión de los derechos de autor admite diversidad de modelos legales, lo que permite a los usuarios contar con alternativas distintas a las sociedades de gestión colectiva tradicionales. Este enfoque plural ha sido respaldado por la Corte Constitucional, al reconocer la libertad de asociación y la autonomía de los titulares de derechos.
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En los últimos años, comerciantes, organizadores de eventos y ciudadanos han manifestado públicamente su inconformidad frente a prácticas que consideran hostigantes y cobros desproporcionados en materia de derechos de autor. Esta situación ha generado tensiones innecesarias entre empresarios, artistas y gestores culturales, afectando el desarrollo normal de actividades comerciales, culturales y recreativas.
En este contexto, Acimcol se presenta como una alternativa legal, con más de 18 años de trayectoria, que promueve y protege los derechos de los creadores del sector musical colombiano, sin desconocer la realidad económica de los establecimientos y eventos. Su labor se sustenta en un marco legal claro, así como en una visión social y cultural que busca dignificar tanto al artista como al comerciante.
Respaldo constitucional y libertad de gestión
La Corte Constitucional, mediante la Sentencia C-509 de 2004, dejó claro que en Colombia la gestión de los derechos de autor y conexos no constituye un monopolio exclusivo. En esta decisión, el alto tribunal estableció que el comprobante de pago por la ejecución pública de obras musicales no puede ser exigido a través de una única entidad, sino que puede acreditarse mediante diversas formas asociativas legalmente constituidas o directamente por los titulares de derechos.
Esta interpretación reafirma los principios constitucionales de libertad de asociación y libertad de empresa, permitiendo que los autores y artistas decidan cómo administrar sus obras y que los comerciantes cuenten con distintas opciones para cumplir con la ley.
Certificación, acompañamiento y tranquilidad jurídica
Como asociación legalmente reconocida, Acimcol expide el certificado de pago al día requerido por los establecimientos que ejecutan públicamente obras musicales, en cumplimiento del artículo 87, numeral 5 del Código Nacional de Policía (Ley 1801 de 2016) relacionado con el pago de derechos de autor. Además, la organización ofrece acompañamiento jurídico permanente, brindando tranquilidad y respaldo a los comerciantes frente a eventuales requerimientos de las autoridades.
Todo este proceso se realiza bajo criterios éticos, responsables y transparentes, evitando prácticas intimidatorias y promoviendo una relación justa entre las partes involucradas.
Una alternativa que llega al Quindío
En este contexto, Yesus Redondo, gestor regional de ACIMCOL en el Quindío, señaló que la presencia de esta alternativa en el departamento responde a una visión en la que la cultura se fortalece cuando las normas se aplican con sentido territorial, equilibrio y respeto por las realidades sociales y económicas de la región.
“El acompañamiento entre el artista y el organizador del evento es clave, porque no todos los establecimientos ni todos los eventos son iguales. Nuestro trabajo se basa en la concertación justa, buscando un equilibrio real entre el reconocimiento al creador y la realidad económica del empresario”.
Redondo enfatizó que la construcción cultural y la promoción de artistas locales y nacionales no pueden depender de un solo gremio ni de una única organización, pues el ordenamiento jurídico colombiano no consagra monopolios en la gestión de los derechos de autor.
Autoridad y legalidad: claridad para los comerciantes
Acimcol enfatiza que en Colombia ninguna empresa privada tiene facultades de Policía. La única autoridad competente para ordenar la suspensión de un evento o el cierre de un establecimiento es la Policía Nacional, y únicamente cuando exista un incumplimiento legal debidamente verificado, conforme al debido proceso.
“Lo que buscamos es brindar más herramientas e información al empresario. También estamos al servicio de alcaldes, abogados y secretarías de Gobierno de los municipios, para que conozcan y confíen en esta alternativa, siempre con respaldo legal”, agregó Redondo.
Transparencia y confianza
En un escenario donde la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) ha impuesto sanciones a sociedades de gestión colectiva por conductas anticompetitivas, entre ellas el abuso de posición dominante, la limitación injustificada del mercado y la desinformación a los usuarios, cobra especial relevancia que comerciantes y organizadores conozcan sus derechos y las alternativas legales que existen
Acimcol apuesta por una gestión moderna, clara y respetuosa, que fortalezca el ecosistema cultural sin generar temor ni conflictos, promoviendo un equilibrio real entre el respeto a los derechos de autor y el desarrollo económico y cultural del país.
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